BOAM nº 10123 (11/05/2026)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
1741
Acuerdo de 7 de mayo de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la redacción, tramitación, adjudicación, formalización y ejecución del contrato relativo a la concesión de obra pública de construcción y explotación de un centro deportivo en la calle Calesera n.º 1, y se delegan en el Concejal Presidente de Distrito de Villaverde.Desde el Distrito de Villaverde está previsto realizar las actuaciones para la concesión de obra pública de construcción y explotación de un centro deportivo en la calle Calesera, n.º 1, en el Distrito de Villaverde, que exceden el ámbito competencial del mismo.
El objetivo del proyecto es construir y explotar una infraestructura pública destinada al uso y disfrute del deporte, haciendo más accesible la práctica deportiva a todos los ciudadanos, sin perjuicio de su edad, sexo, condición física o cualquier otra circunstancia que pudiera ser excluyente o dificultar al acceso a la práctica deportiva del 100% de la población.
Su finalidad, por tanto, es dotar de una nueva infraestructura deportiva municipal al Distrito de Villaverde con instalaciones modernas y adaptadas para el ahorro en los diferentes consumos (energéticos, abastecimiento de agua, etc.) y la protección con el medio ambiente, cuya construcción de este nuevo equipamiento amplíe la oferta deportiva del distrito y el acceso a la misma de la población residente en su ámbito de influencia.
De esta forma, se logra contar con un programa amplio para la realización de varias actividades deportivas, que comportará la prestación de un servicio vinculado al deporte y ocio dirigidos a los vecinos del municipio y foráneos con instalaciones deportivas accesibles a todos sin perjuicio de su edad y forma física.
En definitiva, se ha optado por una solución que encuentre los intereses de uso por parte del Ayuntamiento con la viabilidad económico financiera adecuada para la construcción, explotación y mantenimiento de las referidas instalaciones deportivas, haciendo aconsejable la concesión de obras para la construcción y explotación de este tipo de infraestructuras, es decir, mediante una persona física o jurídica diferente de la entidad pública que financie las obras y explote el servicio público, de forma que permita cumplir con mayor eficiencia los objetivos de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y asignación eficiente del gasto público.
Para ello, mediante Decreto de 15 de julio de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Villaverde se aprobó la convocatoria de consulta preliminar de mercado, que se formuló de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con objeto de recabar información de los operadores económicos, para facilitar la adopción de decisiones en la futura licitación de la concesión y explotación de obra de un centro deportivo en la parcela municipal situada en la calle Calesera, n.º 1.
Conforme al apartado 9.º 1.1 a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio es competente para realizar las obras de construcción, gran reforma, rehabilitación y conservación de los inmuebles demaniales, patrimoniales y de aquellos que estén sujetos a cualquier tipo de uso del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos y al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en relación con los aparcamientos e infraestructuras urbanas de transportes y en materia de movilidad en los ámbitos que afecten a tramos urbanos de carreteras de titularidad del Estado o ramales de acceso al viario M-30.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones económicas, sociales y técnicas que aconsejan que, de forma puntual, la construcción de equipamientos pueda ser realizada desde el Distrito de Villaverde a través de una concesión que se otorgue como contraprestación por la realización de la obra pública de construcción de un centro deportivo.
Dichas razones derivan, por una parte, de que la actuación puede ser abordada por el propio distrito desde una perspectiva de mayor cercanía con los vecinos, y por otra parte, a la vista de las actuaciones realizadas, como ha sido la consulta preliminar de mercado de carácter previo a la licitación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como actuaciones preparatorias del contrato de concesión de obras como es la elaboración del estudio de Viabilidad del artículo 247.1 de la citada ley.
Asimismo, dada la situación en la que se encuentran los trabajos referidos a la actuación, ya que se han llevado a cabo por parte del Distrito de Villaverde los trabajos de estudio, se cuenta con los recursos personales y materiales para su ejecución, parece apropiado que en la medida de la debida racionalización de los recursos públicos la actuación pueda llevarse a cabo por el distrito, por razones de eficacia y eficiencia administrativa.
Para que las actuaciones proyectadas puedan ser realizadas por el Distrito de Villaverde, resulta necesario que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas anteriormente indicadas y que tales competencias sean posteriormente delegadas en el Concejal Presidente del Distrito de Villaverde, única y exclusivamente en lo relativo a redactar la documentación preparatoria, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato relativo a la concesión de obra pública de construcción y explotación de un centro deportivo en la calle Calesera, n.º 1, en el Distrito de Villaverde.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 7 de mayo de 2026,
ACUERDA
PRIMERO.- Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio en el apartado 9.º 1.1 a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, única y exclusivamente en lo relativo a redactar la documentación preparatoria, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato relativo a la concesión de obra pública de construcción y explotación de un centro deportivo en la calle Calesera, n.º 1 en el Distrito de Villaverde.