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BOAM nº 5781 (08/11/2007)
Madrid Salud

2735

Resolución de 5 de noviembre de 2007 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la relación de solicitantes de la Ayuda de Campamentos y Escuelas de Verano que deben subsanar o aportar los documentos requeridos conforme a las Bases Reguladoras de la Ayuda.

Por Resolución del Director General de Relaciones Laborales de 25 de enero de 2007, se publicaron en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de 1 de febrero de 2007, las Bases Reguladoras de la Ayuda de Campamento y Escuelas de Verano.

Efectuada la convocatoria de la citada Ayuda, cuyo objeto es el otorgamiento de ayudas económicas dirigidas a compensar, en parte, los gastos derivados de los campamento y/o escuelas de verano, se ha procedido a la revisión de las solicitudes presentadas comprobándose que los solicitantes que se relacionan en el Anexo I deben subsanar faltas o aportar documentación por lo que se va a proceder a la publicación de la citada relación para dar así cumplimiento a lo establecido en el apartado 8.3 de las Bases Reguladoras de la Ayuda.

En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia de Madrid Salud

 

DISPONE

 

Publicar la relación que consta como Anexo I de la presente Resolución, de solicitantes de la Ayuda de Campamentos y Escuelas de Verano, que deben subsanar o aportar los documentos requeridos conforme a los apartados 7 y 8.3 de las Bases Reguladoras del Procedimiento de dicha ayuda, aprobadas por Resolución del Director General de Relaciones Laborales de fecha 25 de enero de 2007, publicadas en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid, de fecha 1 de febrero de 2007.

En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.

 

Madrid, a 5 de noviembre de 2007.- El Gerente del Organismo Autónomo de Madrid Salud, José Manuel Torrecilla Jiménez.

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