BOAM nº 8620 (14/04/2020)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
601
Decreto de 27 de marzo de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se prorrogan las medidas extraordinarias adoptadas mediante Decreto de 15 de marzo de 2020 en relación con el Servicio Estacionamiento Regulado y el servicio de bicicleta pública “BiciMad” con motivo del coronavirus SARS-CoV-2.Con fecha de 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote de SARS-CoV 2 como pandemia, elevando a dicha extrema categoría la situación actual desde la previa declaración de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional.
El Gobierno de la Nación, por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declaró el estado de alarma, estableciendo especiales medidas de contención reforzada con el objetivo de contener la expansión del coronavirus SARS-CoV-2. El Ayuntamiento de Madrid, con el mismo objeto, ha ido adoptando igualmente las medidas que demanda esta situación de emergencia sanitaria, entre las que se encuentra la suspensión temporal, desde las 9:00 horas del lunes 16 de marzo de 2020 hasta las 15:00 horas del sábado 28 de marzo de 2020, del régimen general de funcionamiento del SER en toda la ciudad de Madrid y la suspensión temporal, desde las 00:00 horas del lunes 16 de marzo de 2020 hasta las 23:59 horas del domingo 28 de marzo de 2020, del régimen general de funcionamiento de BiciMAD acordadas mediante el Decreto de 15 de marzo de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueban nuevas medidas extraordinarias en relación con el Servicio de Estacionamiento Regulado y el servicio de bicicleta pública "BiciMad" con motivo del coronavirus SARS-CoV-2.
El día 25 de marzo de 2020 el Congreso ha autorizado la prórroga del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta las 00:00 horas del domingo 12 de abril de 2020. Consecuentemente resulta indispensable, con el mismo objetivo de contribuir a la contención de la expansión del SARS-CoV-2, proceder a la prórroga hasta esa fecha de la suspensión del funcionamiento del servicio de bicicleta pública BiciMad. Igualmente procede acordar la suspensión del control del pago de la tasa del servicio de estacionamiento regulado en la totalidad del ámbito geográfico del SER hasta el día 11 de abril de 2020 aunque, tal y como se recoge en el artículo 3.1.1. c) del Pliego de Prescripciones Técnicas del Contrato Integral de Movilidad, que regula las obligaciones del contratista en relación con el servicio de estacionamiento regulado, las empresas adjudicatarias seguirán siendo responsables de que los usuarios cumplan con lo determinado en las normas genéricas de estacionamiento, incluyendo la vigilancia y control de las infracciones en materia de tráfico que no estuvieran ligadas al pago de la tasa del ser y haciendo especial hincapié en la vigilancia del uso adecuado de todas las nuevas reservas que, con el objetivo de facilitar la movilidad tanto del personal sanitario como de aquellas personas que están prestando servicios mínimos esenciales para la ciudad y para frenar la expansión del SARS-CoV-2, se están implantando de manera sucesiva en la ciudad de Madrid.
La facturación mensual del servicio de estacionamiento regulado corresponderá, consecuentemente, con las horas de servicio realizadas por cada plaza, aunque dicho servicio, dadas las extraordinarias circunstancias actuales, esté constituido por la vigilancia y control de todas las sanciones excepto las relativas al pago de la tasa SER, siendo las plazas la totalidad de las existentes en cada uno de los lotes, ya que la vigilancia y control de las sanciones no relativas al pago de la tasa SER se realiza en todo el mismo ámbito geográfico establecido para el abono de dicha tasa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.6 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, podrá suspenderse completa o parcialmente la aplicación del régimen general de funcionamiento de dicho servicio, en la totalidad o en parte de su ámbito territorial, mediante Decreto de la persona titular del Área de Gobierno competente en materia del Servicio de Estacionamiento Regulado, motivado por razones de seguridad y que concretará las condiciones específicas que resulten de aplicación.
En su virtud, y en uso de las competencias atribuidas en el Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad,
DISPONGO
PRIMERO.- Ampliar la suspensión temporal del régimen general de funcionamiento de BiciMAD acordada mediante el Decreto de 15 de marzo de 2020 hasta las 23:59 horas del domingo 12 de abril de 2020.
SEGUNDO.- Acordar la suspensión temporal del régimen general de funcionamiento del servicio de estacionamiento regulado, siendo de aplicación las siguientes condiciones específicas:
A) Queda suspendido, de manera temporal, el control del pago de la tasa del Servicio de Estacionamiento Regulado en toda la ciudad de Madrid hasta las 15:00 horas del sábado 11 de abril de 2020.
B) Los contratistas seguirán prestando las obligaciones recogidas en el artículo 3.1.1. c) del Pliego de Prescripciones Técnicas del Contrato Integral de Movilidad, de tal manera que seguirán siendo responsables de que los usuarios cumplan con lo determinado en las normas genéricas de estacionamiento, incluyendo la vigilancia y control de las infracciones en materia de tráfico que no estuvieran ligadas al pago de la tasa del ser y haciendo especial hincapié en la vigilancia del uso adecuado de todas las nuevas reservas que, con el objetivo de facilitar la movilidad tanto del personal sanitario como de aquellas personas que están prestando servicios mínimos esenciales para la ciudad y para frenar la expansión del SARS-CoV-2, se están implantando de manera sucesiva en la ciudad de Madrid.
TERCERO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, así como en el sitio web municipal www.madrid.es.
CUARTO.- Dar traslado del presente decreto a las empresas adjudicatarias del Contrato Integral del Servicio Público de Movilidad para que adopten las medidas necesarias para su cumplimiento.
Madrid, a 27 de marzo de 2020.- El Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante Muntada.