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BOAM nº 9860 (14/04/2025)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1520

Acuerdo de 10 de abril de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 12 de marzo de 2025 de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos, sobre atribución de las funciones de agente notificador y condiciones de su ejercicio.

El artículo 50 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid establece que la práctica de las notificaciones de los actos, acuerdos y resoluciones adoptadas por los distintos órganos del Ayuntamiento de la Ciudad de Madrid podrá encomendarse a personal auxiliar municipal habilitado al efecto.

 

El apartado 3.º 2.20 o) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, atribuye a la persona titular del área de gobierno la competencia para resolver las solicitudes que tienen como finalidad determinar el número de agentes notificadores en cada área de gobierno, área delegada, distrito u organismo autónomo.

 

Por Acuerdo de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario de 22 de diciembre de 2008 se estableció el régimen para la atribución de las funciones de agente notificador, la asignación individualizada de dichas funciones y las condiciones de su ejercicio. El tiempo transcurrido desde su aprobación, así como la experiencia adquirida durante su vigencia, aconsejan la revisión de dicho acuerdo, con la finalidad, fundamentalmente, de facilitar al personal que así lo desee acceder al ejercicio de esas funciones, así como de mejorar y agilizar la gestión de la asignación de las funciones de agente notificador.

 

En concreto, la Administración y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos consideran que la asignación de las funciones de agente notificador debe realizarse a puestos de trabajo concretos.

 

Asimismo, las partes consideran necesario que a los puestos de trabajo que tengan atribuidas las funciones de agente notificador les corresponda una compensación económica que dé respuesta a la naturaleza de las funciones a desarrollar, así como a las concretas circunstancias inherentes al desempeño de este tipo de tareas.

 

A tales efectos, y a tenor de lo previsto en el artículo 37.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público se planteó a la Mesa General de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos, una propuesta sobre atribución de las funciones de agente notificador y condiciones de su ejercicio que ha sido objeto de negociación con las organizaciones sindicales presentes en la misma, habiéndose adoptado un acuerdo en fecha 12 de marzo de 2025.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 del mencionado texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para la validez y eficacia de los acuerdos adoptados en el seno de la mesa de negociación correspondiente será necesaria su aprobación expresa y formal por los órganos de gobierno en las Administraciones Públicas.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006 de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 10 de abril de 2025,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de 12 de marzo de 2025 de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos sobre atribución de las funciones de agente notificador y condiciones de su ejercicio, que se incorpora como anexo.

 

SEGUNDO.- Este acuerdo surtirá efecto desde su aprobación debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 10 de abril de 2025.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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