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BOAM nº 6890 (02/04/2013)
Alcaldía

625

Decreto de 22 de marzo de 2013 de la Alcaldesa de creación y funcionamiento del Foro de Empresas por Madrid.

El Ayuntamiento de Madrid, en su afán de innovar continuamente en la gestión, lleva años poniendo en marcha nuevas iniciativas de participación empresarial. De esta forma, el Ayuntamiento ha conseguido emprender e implementar de forma exitosa grandes proyectos que han contado con el apoyo empresarial.

Esta actividad se ha desarrollado tomando en consideración las posibilidades que permiten el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, la Ordenanza Reguladora de los Patrocinios Privados de Actividades Municipales del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por Acuerdo de 19 de diciembre de 2012 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

No obstante, las necesidades actuales del Ayuntamiento de Madrid suponen que las soluciones específicas de participación empresarial que se trabajaron para unos proyectos concretos, si bien permitieron responder de forma óptima a necesidades y condicionantes puntuales, no han dotado ni a la ciudad ni a las empresas de Madrid del marco estable y continuo que ambas partes necesitan para conseguir activos y retornos tangibles, óptimamente adaptados a sus respectivos objetivos e intereses de funcionamiento.

Para conseguir el objetivo previsto en el párrafo anterior, se ha elaborado un conjunto coordinado de actuaciones dirigidas a dar respuesta a estas nuevas necesidades.

 

Entre estas actuaciones destacan:

a. La creación de estructuras administrativas para la promoción de la participación empresarial.

b. Un nuevo marco normativo municipal en materia de patrocinios a través de la Ordenanza Reguladora de los Patrocinios Privados de Actividades Municipales del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por Acuerdo de 19 de diciembre de 2012 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid.

c. La creación del Foro de Empresas por Madrid que es el objeto del presente Decreto.

En consonancia, el presente Decreto propone la creación del Foro de Empresas por Madrid, como plataforma pionera en la planificación y gestión de la participación empresarial en el ámbito institucional.

 

Por Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos, y en su artículo 5.2. ñ), atribuye al Coordinador General de Las Artes, Turismo y Promoción Exterior, la competencia para "el fomento, impulso y coordinación de las acciones de patrocinio, programas y plataformas de participación empresarial con instituciones y entidades de carácter público o privado, tanto en actividades singulares como en aquellas incluidas en planes y programas de actuación a largo plazo, desarrollados por las unidades del Ayuntamiento de Madrid".

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 76.2 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2004, a propuesta del Titular del Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo,

 

DISPONGO

 

Capítulo I. Disposiciones generales

 

Artículo 1. Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto crear y regular el funcionamiento del Foro de Empresas por Madrid (en adelante Foro de Empresas), como órgano de asesoramiento y coordinación entre el Ayuntamiento de Madrid y el tejido empresarial de la Ciudad de Madrid.

 

Artículo 2. Adscripción y naturaleza jurídica.

El Foro de Empresas se adscribe al Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo del Ayuntamiento de Madrid a través de la Coordinación General de Las Artes, Turismo y Promoción Exterior, como órgano colegiado sin personalidad jurídica propia.

 

Artículo 3. Régimen Jurídico.

1. El Foro de Empresas se rige por este Decreto, sin perjuicio de las normas que regulen su funcionamiento interno que, en su caso, serán aprobadas por su Pleno.

2. En lo no previsto en el presente Decreto, será de aplicación lo dispuesto en las normas sobre órganos colegiados contenidas en el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Artículo 4. Finalidad y funciones.

1. El Foro de Empresas tiene como finalidad promover, incentivar, coordinar y asesorar al Ayuntamiento de Madrid acerca de las estrategias y principales medidas a adoptar para la participación empresarial.

2. Para el cumplimiento de sus objetivos, el Foro de Empresas desarrolla las funciones siguientes:

a. Impulsar y consolidar la participación empresarial en los proyectos, iniciativas y en las actividades promovidas por el Ayuntamiento de Madrid a través de sus distintas Áreas de Gobierno, Distritos, Organismos públicos y su Sector Público.

b. Canalizar, optimizar y coordinar la relación continua con las empresas de la ciudad.

c. Fomentar iniciativas de cooperación que contribuyan a la optimización de los recursos disponibles y a la innovación en los programas que se desarrollen, en el marco de un modelo de responsabilidad social corporativa.

d. Intercambiar, analizar y debatir ideas a efectos de la definición de posibles estrategias que sirvan para la promoción y proyección internacional de la Ciudad de Madrid.

e. Cualquiera otra que le pudiera ser encomendada o que se derive de las que tiene atribuidas.

 

Capítulo II. Organización

 

Artículo 5. Estructura y composición.

1. El Foro de Empresas se estructura en Pleno y Grupos de Trabajo.

2. El Pleno está compuesto por el Presidente, dos Vicepresidentes, los Vocales y el Secretario.

3. Los miembros del Foro de Empresas, los grupos de trabajo y quienes participen en sus reuniones, no percibirán remuneración alguna en el ejercicio de sus funciones.

 

Artículo 6. El Presidente.

1. La Presidencia del Foro de Empresas corresponderá al Alcalde del Ayuntamiento de Madrid.

2. Son funciones del Presidente:

a. Ostentar la representación del Foro de Empresas.

b. Acordar la convocatoria de las sesiones y fijar el orden del día de las mismas.

c. Presidir las sesiones y dirigir el desarrollo de los debates.

d. Dirimir con su voto los empates que se produzcan.

e. Visar las actas, informes, dictámenes, certificaciones y propuestas.

f. Nombrar a los Vocales y a los miembros de los grupos de trabajo que, en su caso, se constituyan.

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