BOAM nº 9860 (14/04/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
1535
Decreto de 11 de abril de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se modifica el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 6 plazas de la categoría de Comisario/a del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, con fecha 21 de mayo de 2024 (BOAM núm. 9.637 de 23 de mayo de 2024), dispuso el nombramiento de los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas mediante Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de 12 de diciembre de 2023 (BOAM núm. 9.528 de 13 de diciembre de 2023), para la provisión de 6 plazas de la categoría de Comisario/a del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.
Encarnación Rentero López, secretaria titular, ha presentado renuncia por motivos personales, habiéndose propuesto, en su sustitución, a Elsa Jouve Molina.
Corresponde a la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias la competencia para el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección del Cuerpo de Policía Municipal, de conformidad con el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias («BOAM» núm. 9.419, de 5 de julio de 2023).
En ejercicio de las competencias atribuidas, a propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias,
DISPONGO
PRIMERO.- Modificar la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 6 plazas de la categoría de Comisario/a del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, designado mediante Decreto de 21 de mayo de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias («BOAM» núm. 9.637 de 23 de mayo de 2024), en el siguiente sentido:
Nombrar a Elsa Jouve Molina como secretaria titular, en sustitución de Encarnación Rentero López.
SEGUNDO.- El presente decreto se publicará en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).
Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123.2 y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cualquier momento a contar desde el día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (artículo 124 LPACAP).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPACAP).
Madrid, a 11 de abril de 2025.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.