BOAM nº 9392 (29/05/2023)
Agencia para el Empleo de Madrid
1675
Resolución de 26 de mayo de 2023 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por el procedimiento de libre designación LD-AEM-004/2023.Por resolución de 28 de febrero de 2023 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 2 de marzo de 2023, se convocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD-AEM-004/2023.
Vista la propuesta de la unidad organizativa a la que se adscribe el puesto convocado, y comprobado que la persona propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y con las bases generales por las que se regirán los procedimientos para la provisión definitiva y temporal de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y en sus Organismos Autónomos, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de noviembre de 2020 (BOAM de 30 de noviembre de 2020), y en uso de las competencias previstas en el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid, aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en fecha 31 de mayo de 2004 (BOAM 29 de julio de 2004),
RESUELVO
PRIMERO.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el anexo a la persona propuesta.
SEGUNDO.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión.
El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirá de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de la Agencia para el Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 26 de mayo de 2023.- El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, José María Meneses Castillo.