BOAM nº 8760 (30/10/2020)
Distrito de Tetuán
1903
Decreto de 20 de octubre de 2020 de la Concejal Presidente del Distrito de Tetuán por el que se aprueban las Bases del I Concurso de Decoración de Escaparates Navideños del Distrito de Tetuán.BASES POR LAS QUE SE HA DE REGIR EL I CONCURSO DE DECORACIÓN DE ESCAPARATES NAVIDEÑOS DEL DISTRITO DE TETUÁN
INTRODUCCIÓN
El Distrito de Tetuán, con el objeto de impulsar el pequeño comercio local y de proximidad promoviendo las compras en los establecimientos del barrio, y con la intención de crear un ambiente navideño del que disfrute y participe al máximo todo el vecindario, convoca el "I Concurso de Decoración de Escaparates Navideños del Distrito de Tetuán".
El órgano instructor de este certamen es el Coordinador del Distrito.
BASES GENERALES
1.- A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto para los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia, en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. En su defecto se regulará por lo dispuesto en la citada ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.
2.- Podrán participar en el concurso los establecimientos de pequeño comercio del distrito que tengan escaparate visible desde la vía pública. Quedan excluidos de la convocatoria los establecimientos de servicios, así como grandes superficies comerciales.
3.- No podrán participar en las respectivas convocatorias las personas físicas, jurídicas o entidades que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en cada una de ellas, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Los participantes deberán presentar una declaración de no encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Los participantes deberán acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos (modificación parcial), aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 31 de mayo de 2017.
Las solicitudes de participación se formalizarán en "Instancia general" disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).
Dichas solicitudes podrán presentarse:
- A través de la sede electrónica https://sede.madrid.es.
- Presencialmente, en la oficina de registro de la Junta Municipal del Distrito de Tetuán, situada en la calle Simancas, 6, así como en cualquiera de las oficinas de Atención al Ciudadano "Línea Madrid".
- Además, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de inscripciones será desde el próximo día 1 de noviembre hasta el 30 de noviembre de 2020, ambos incluidos. El escaparate deberá estar instalado el día 4 de diciembre de 2020.
4.- Los establecimientos participantes deberán engalanar sus escaparates con motivos navideños tradicionales: belenes, felicitaciones navideñas, árboles de navidad, personajes del imaginario navideño, guirnaldas y otros elementos decorativos propios de esta festividad (piñas, hojas secas, adornos de madera, cuerda, papel, corcho, velas, etc.), procurando que los materiales empleados incidan positivamente en la sostenibilidad y el medio ambiente.
5.- El jurado estará compuesto por:
Presidente: Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Tetuán, con voz y voto de Calidad.
Secretaria: Jefa de Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario, con voz pero sin voto.
Vocales con voz y voto:
· Representantes de Asociaciones de Comerciantes del Distrito (uno por cada asociación interesada en participar en el certamen).
· Especialista en escaparatismo o profesor de Grado de Comercio y Marketing.
· Representantes de los grupos políticos con representación en el Pleno de la Junta Municipal de Tetuán (1 por cada grupo político).
El jurado valorará, colegiadamente, los siguientes aspectos de cada escaparate participante:
Carácter artístico de la composición, que deberá ser alusiva a la Navidad,
Armonía del conjunto,
Iluminación,
Creatividad,
Originalidad,
Calidad de los materiales, y
Colorido del diseño.
En base a estos criterios se emitirá el fallo del jurado, por el que se adjudicará el premio a aquel participante que obtenga la mayoría de votos de sus miembros.
6.- Los establecimientos participantes se comprometen a mantener sus escaparates decorados desde el día 4 de diciembre de 2020 al 6 de enero de 2021, pudiendo realizar algunos cambios en los productos que se exhiban para su venta en ese espacio, pero sin modificar la composición decorativa del escaparate.
7.- La Junta Municipal del Distrito de Tetuán facilitará un distintivo a los establecimientos participantes en el concurso que deberá ser colocado en lugar visible del mismo.
8.- El jurado realizará visitas a los establecimientos participantes en el I Concurso de Decoración de Escaparates Navideños del Distrito de Tetuán, en el horario de apertura comercial, entre los días 7 y 17 de diciembre, ambos inclusive, sin previo aviso a los participantes. El fallo del jurado, que será inapelable, se emitirá el 18 de diciembre. Se comunicará telefónicamente y por correo electrónico a los premiados y será publicado en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y en la sede electrónica (www.sede.madrid.es).