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BOAM nº 5743 (15/02/2007)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 8 de febrero de 2007 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se determina la periodicidad del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión de 26 de julio de 2006 aprobó el Reglamento del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Así mismo, el artículo 51 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en relación con el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que el Ayuntamiento de la Ciudad de Madrid podrá dotarse de un Boletín propio con formato electrónico o informático.

 

El artículo 4.1 del citado Reglamento establece que el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid se editará, como mínimo, un día de la semana, que deberá ser hábil, debiendo coincidir la fecha del Boletín con la de su efectiva publicación, pudiéndose editar suplementos o números extraordinarios cuando así se requiera.

 

Por su parte, el apartado 2 de dicho artículo establece que la Junta de Gobierno determinará la periodicidad de la edición del Boletín de conformidad con los criterios establecidos en el apartado anterior.

 

A propuesta del Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 8 de febrero de 2007

 

ACUERDA

  

PRIMERO.- La periodicidad de la edición del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid será semanal, y se publicará el jueves de cada semana, excepto si se trata de día inhábil, en cuyo caso, la publicación se realizará el día hábil inmediatamente posterior, con excepción del sábado, sin perjuicio de lo que se dispone en el apartado siguiente.

 

SEGUNDO.- Se delega en el titular del Área de Gobierno al que esté adscrito el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la facultad para aumentar el número de ediciones semanales del mismo, así como para disponer la publicación de números extraordinarios cuando así se requiera.

 

Madrid, a 8 de febrero de 2007.- El Vicealcalde, Manuel Cobo Vega.

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