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BOAM nº 9148 (31/05/2022)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1626

Acuerdo de 26 de mayo de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se crea el Inventario Electrónico de Procedimientos y Servicios y se establecen las directrices para su gestión.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece en su artículo 21.4 la obligación de las Administraciones de publicar y mantener actualizadas a efectos informativos las relaciones de procedimientos de su competencia.

 

Por su parte el artículo 9.1 del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, tras su reciente modificación por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, establece la obligación de las Administraciones Públicas de mantener actualizado un inventario de información administrativa, que incluirá los procedimientos administrativos y servicios que se prestan de forma clasificada y estructurada en familias, con indicación del nivel de informatización de los mismos.

 

En el ámbito municipal la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, de 27 de julio de 2016, establece la obligatoriedad, artículo 10.2 i), de publicar el inventario de procedimientos.

 

El Inventario Electrónico de Procedimientos y Servicios es un elemento esencial tanto desde el punto de vista de información y publicidad de la actuación municipal de cara a la ciudadanía, como respecto de la gestión electrónica de los procedimientos.

 

Por tales motivos, se procede formalmente a acordar su creación, así como a establecer las principales responsabilidades de su gestión y los criterios básicos tanto sobre la información que ha de contener, como sobre la forma de gestionarla.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 b) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la titular de la Coordinación General de la Alcaldía, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 26 de mayo de 2022,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Crear el Inventario Electrónico de Procedimientos y Servicios y establecer las directrices para su gestión, que se insertan como anexo.

 

SEGUNDO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

 

TERCERO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

 

CUARTO.- Se faculta al titular de la Dirección General de la Oficina Digital para dictar las resoluciones que sean necesarias para el desarrollo y la ejecución del presente acuerdo.

 

QUINTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

 

SEXTO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

 

Madrid, a 26 de mayo de 2022.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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