BOAM nº 10125 (13/05/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
1795
Resolución de 30 de abril de 2026 de la Directora General de Participación Ciudadana por la que se acuerda la aprobación del protocolo de actuación para la participación segura en Decide Madrid Joven.Decide Madrid Joven, Espacio Juvenil de Participación Digital es un compromiso incluido en el Programa Operativo de Gobierno 2023-2027 y en el IV Plan de Gobierno Abierto del Ayuntamiento de Madrid, que tiene como objetivo poner en marcha una plataforma atractiva, dinámica e interactiva para la participación y la canalización de ideas y propuestas de los más jóvenes (14 a 18 años) que permita, además, apoyar los órganos de participación presenciales ya existentes y que cuente con moderación y acompañamiento especializado.
El proyecto forma parte también del V Plan de Infancia y Adolescencia del Ayuntamiento de Madrid 2025-2028.
Decide Madrid Joven se integra en Decide Madrid pero aparece de forma separada para promover el ejercicio del derecho a la participación de la juventud, su implicación en la vida pública, el desarrollo de la conciencia cívica y la incorporación progresiva a la ciudadanía activa, mediante un entorno digital seguro, y también accesible, atractivo y adaptado a sus necesidades, complementado con espacios de participación presencial.
La participación juvenil constituye un derecho reconocido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, que garantiza la integración plena de los menores en la vida social, cultural y recreativa de su entorno. En este marco, el Ayuntamiento de Madrid asume la responsabilidad de ofrecer canales de participación que respeten y protejan la integridad física y psicológica de los menores.
Esta resolución tiene por objeto aprobar el Protocolo de actuación para garantizar un entorno digital seguro, inclusivo y libre de violencia, en cumplimiento de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (en adelante, LOPIVI), así como de la Ley 4/2023 de la Comunidad de Madrid y el Reglamento de Servicios Digitales (DSA) de la Unión Europea.
El documento establece un marco, que define:
- Medidas preventivas para minimizar riesgos.
- Mecanismos de detección temprana ante indicios de violencia o vulneración de derechos.
- Procedimientos de actuación ante conductas inadecuadas o indicios de riesgo.
Asimismo, se incorpora la figura del Delegado/a de Protección, conforme a lo dispuesto en la LOPIVI, como garante del cumplimiento de este protocolo y referente para la atención y gestión de incidencias.
El protocolo se estructura en dos niveles:
1. Protocolo de actuación. Marco base fijo, que recoge los principios y obligaciones fundamentales.
2. Anexos operativos, sujetos a revisión periódica (al menos una vez al año), para garantizar la adaptación a nuevas necesidades, normativas y buenas prácticas.
· Anexo I. Procedimiento de actuación ante conductas inadecuadas o indicios de riesgo.
· Anexo II Registro de actuaciones.
Para la redacción y formalización del Protocolo se ha tenido en cuenta:
· La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor y sus modificaciones, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que impone la obligación de comunicar cualquier situación de riesgo o desamparo y garantizar atención inmediata.
· La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), que establece un marco normativo integral para prevenir, detectar, intervenir y reparar cualquier forma de violencia ejercida contra menores.
· Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, que entre otras cosas desarrolla algunos preceptos básicos de la LOPIVI que son competencia de la Comunidad de Madrid.
· El Reglamento de Servicios Digitales (DSA), promulgado por la Unión Europea en 2022. Su propósito estratégico es forjar un entorno en línea más seguro y transparente, con un enfoque prioritario en la protección de los usuarios más vulnerables: los niños, niñas y adolescentes.
El Protocolo constituye un instrumento adecuado, necesario y proporcional para garantizar un entorno digital seguro en el ámbito de Decide Madrid Joven, prevenir y atender de manera homogénea posibles situaciones de riesgo y asegurar el ejercicio efectivo del derecho de participación de los niños, niñas y adolescentes. Mediante el establecimiento de criterios comunes de actuación, el Protocolo refuerza el compromiso institucional del Ayuntamiento de Madrid con una participación juvenil responsable, inclusiva y protegida, en condiciones que salvaguardan la integridad física y psicológica de las personas jóvenes participantes.
En virtud de todo lo expuesto, y la vista de la propuesta de la Subdirección General de Participación Ciudadana e Innovación, en la que se propone la aprobación del Protocolo de actuación para la participación segura en Decide Madrid Joven, conforme a lo dispuesto en el apartado 13.º.1.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar el Protocolo de actuación para la participación segura en Decide Madrid Joven, que se incorpora como Anexo a la presente resolución junto con los anexos operativos que lo integran, formando todos ellos parte inseparable de la misma.
SEGUNDO.- La presente resolución surtirá efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
TERCERO.- La Dirección General de Participación Ciudadana revisará con una periodicidad mínima anual los anexos operativos del protocolo que podrán consultarse accediendo a las Condiciones de Uso publicadas en la plataforma.
Madrid, a 30 de abril de 2026.- La Directora General de Participación Ciudadana, María Pía Junquera Temprano.