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BOAM nº 7907 (18/05/2017)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

1081

Resolución de 17 de mayo de 2017 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por la que se ordena la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos de la II Convocatoria Eurotaxi.

En virtud de lo establecido en el apartado 5.º, punto 11.5, del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 10 de noviembre de 2015), y a los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC),

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos de la II Convocatoria Eurotaxi, con el siguiente contenido:

 

"Mediante Resolución de 27 de marzo de 2017 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, se aprueba la II Convocatoria para la concesión del régimen especial de las licencias de autotaxi que adscriban vehículos eurotaxi y sus bases específicas, a través de un procedimiento de concurrencia entre titulares de licencia de autotaxi, publicada en el BOCM y en el BOAM en fecha 31 de marzo de 2017.

 

De acuerdo con la Base Quinta, punto 1, solo podrán participar en la convocatoria quienes cumplan los requisitos siguientes:

 

a) Ser titular de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid.

b) Haber obtenido resultado favorable en la revisión administrativa anual de los dos años inmediatamente anteriores al año de publicación de la convocatoria en la licencia con la que participa. En el caso de que el solicitante no pudiera acreditar este requisito por falta de antigüedad suficiente en la titularidad de la licencia, se exigirá el resultado favorable en la revisión que, en su caso, le haya correspondido.

c) No haber sido sancionado por el Ayuntamiento de Madrid en firme en vía administrativa por la comisión de dos o más infracciones graves o muy graves a la normativa de transporte urbano en automóviles turismo que resulte de aplicación durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

 

2. No podrán participar en esta convocatoria las licencias que en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación de esta convocatoria estén disfrutando del régimen especial de eurotaxi aprobado mediante Resolución de 13 de marzo de 2015 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, por la que se aprueba la relación de adjudicatarios y lista de espera y se desestiman las solicitudes de participación de la I Convocatoria de Eurotaxi (BOCM 6 de abril de 2015).

 

Asimismo la Base Sexta, punto 2, establece que:

 

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

Una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes de participación el 30 de abril de 2017, consta un total de 1.096 licencias participantes, habiendo desistido de su solicitud un total de 2. De las 1.094 restantes se ha procedido a comprobar los requisitos de participación de las Bases Quinta y Sexta con el siguiente resultado:

 

- 1 no cumple el requisito de la Base Quinta, punto 1, apartado a), relativo a la titularidad de la licencia.

- 12 no cumplen el requisito de la Base Quinta, punto 1 del apartado b), relativo a la revista administrativa anual.

- 11 no cumplen el requisito de la Base Quinta, punto 1 del apartado c), en materia sancionadora, 4 de ellos tampoco cumplen el requisito de la Base Quinta, punto 1 del apartado b).

- 1 se presentó fuera del plazo establecido en la Base Sexta 2.

 

En cumplimiento del procedimiento descrito en la Base Séptima, recibidas las solicitudes de participación y comprobados los requisitos establecidos en las Bases Quinta y Sexta, se hace pública la lista provisional de admitidos y excluidos, concediendo un plazo de 10 días hábiles para efectuar alegaciones contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Primero.- Relación provisional de licencias admitidas de acuerdo con las Bases Quinta y Sexta (Anexo I), 1.069 licencias.

 

Segundo.- Relación provisional de licencias no admitidas porque no cumplen los requisitos de participación previstos en la Bases Quinta y Sexta por los motivos que se especifican (Anexo II), 25 licencias".

 

Madrid, a 17 de mayo de 2017.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, José María Vicent García.

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