BOAM nº 9146 (27/05/2022)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal
1595
Resolución de 24 de mayo de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se declara desierto el proceso selectivo convocado por Resolución de 2 de diciembre de 2021, por la que se convocan plazas para el acceso, mediante promoción interna independiente de personal laboral fijo, a la categoría de Técnico/a Especialista Mantenimiento y Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 2 de diciembre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, se convocaron 55 plazas para el acceso, mediante promoción interna independiente de personal laboral fijo, a la categoría de Técnico/a Especialista Mantenimiento y Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid (BOAM núm. 9.031, de 9 de diciembre de 2021).
Publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 9 de diciembre de 2021, el extracto de la citada convocatoria, se inició el plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo, que comprendió entre los días 10 de diciembre de 2021 y 7 de enero de 2022.
Finalizado dicho plazo, por Resolución del Director General de Planificación de Recursos Humanos de 30 de marzo de 2022, se publicó la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo (BOAM núm. 9.113, de 6 de abril de 2022), sin que se hubiera admitido a ningún aspirante, al no cumplir los requisitos exigidos en la base tercera del Anexo de la Resolución de 28 de octubre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueban las bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo para proveer, mediante promoción interna independiente de personal laboral fijo, plazas de Técnico/a Especialista Mantenimiento y Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid (BOAM núm. 9.017, de 17 de noviembre de 2021).
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 11º 1.2 b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, modificado por Acuerdo del mismo órgano de fecha 30 de enero de 2020.
Por todo cuanto antecede, se aprueba la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Declarar desierto el proceso selectivo convocado por Resolución de 2 de diciembre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, para el acceso, mediante promoción interna independiente de personal laboral fijo, a la categoría de Técnico/a Especialista Mantenimiento y Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 24 de mayo de 2022.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.