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BOAM nº 9998 (03/11/2025)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

4043

Acuerdo de 30 de octubre de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se somete a consulta pública previa la aprobación de un Reglamento de Protocolo y Ceremonial.

El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC) establece que, con carácter previo a la aprobación de una norma, se sustanciará una consulta pública a través del portal web de la correspondiente Administración en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa; la necesidad y oportunidad de su aprobación; los objetivos de la norma; y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 

Asimismo, el artículo 60 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece que la ciudadanía tendrá derecho, con carácter previo a la elaboración de un anteproyecto de Ley o de proyectos de reglamentos, a participar y colaborar en su elaboración a través de la correspondiente consulta pública que se convoque al efecto en el espacio web habilitado para ello y en los términos de la legislación básica.

 

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la LPAC, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobó, mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016, las directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, que establecen en su apartado 2.1 que será exigible con carácter previo a la redacción del texto de los proyectos de ordenanzas y reglamentos que se sometan a la aprobación de la Junta de Gobierno.

 

El Reglamento de Protocolo y Ceremonial actualmente vigente, aprobado el 22 de diciembre de 1988, regula los aspectos fundamentales del ceremonial institucional y la imagen oficial del Ayuntamiento, recogiendo materias tales como los títulos y tratamientos de la Villa de Madrid; el uso del escudo, la bandera y otros símbolos municipales; los tratamientos y el orden de precedencia interna de los miembros de la corporación; los atributos que exhiben las autoridades municipales en razón de su cargo, así como el protocolo para la organización y celebración de actos oficiales.

 

En definitiva, este reglamento constituye la base para garantizar la uniformidad, el respeto institucional y la correcta imagen pública del Ayuntamiento de Madrid en todos sus actos y representaciones oficiales.

 

Con el transcurso del tiempo, se han generado en la sociedad nuevas necesidades y expectativas en cuanto a la forma en que se llevan a cabo los eventos oficiales y ceremoniales, que han de compatibilizarse con la tradición y los símbolos institucionales que, a lo largo de la historia, han identificado a la ciudad de Madrid.

 

Para ello, es necesario un nuevo reglamento que afronte las cuestiones protocolarias desde una perspectiva más integradora y moderna, acorde a los tiempos actuales y al sentir de la ciudadanía madrileña.

 

En esta situación, se considera conveniente iniciar un proceso de consulta pública sobre la oportunidad de aprobar un nuevo Reglamento de Protocolo y Ceremonial, con el objeto de invitar a la ciudadanía a expresar su opinión sobre la necesidad de actualizar el Reglamento, así como a señalar aquellos aspectos que, a su juicio, requieren una revisión más profunda.

 

Las aportaciones recibidas serán valoradas en el marco del procedimiento de elaboración normativa, contribuyendo a una regulación más moderna, inclusiva y representativa.

 

El apartado 3.1 de las directrices sobre la consulta pública previa establece que corresponderá a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía y de los titulares de las áreas de gobierno competentes por razón de la materia, acordar el sometimiento a consulta pública de las iniciativas normativas.

 

En su virtud, de conformidad con el apartado 3.1 de las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de normas municipales de 20 de octubre de 2016, a propuesta de la titular de la Coordinación General de la Alcaldía, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 30 de octubre de 2025,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Someter a consulta pública previa la aprobación de un Reglamento de Protocolo y Ceremonial, durante un plazo de 15 días naturales.

 

SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 30 de octubre de 2025.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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