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BOAM nº 9926 (22/07/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

2924

Decreto de 18 de julio de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se nombra el Tribunal de Selección de las pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 5 plazas de la categoría de Sargento/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid en la modalidad de prestación de apoyo técnico con responsabilidades como Jefe de Sala de la Central de Comunicaciones.

Mediante Resolución de 4 de diciembre de 2024 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.774, de 5 de diciembre de 2024), se convocaron pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 5 plazas de la categoría de Sargento/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid en la modalidad de prestación de apoyo técnico con responsabilidades como Jefe de Sala de la Central de Comunicaciones.

 

El apartado 7.3 de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2020), establece que los Tribunales de Selección que han de juzgar las pruebas selectivas estarán constituidos por un presidente/a, un secretario/a con voz y voto, y un mínimo de tres vocales, así como sus correspondientes suplentes, sin que puedan formar parte de ellos, los/las funcionarios/as interinos, el personal de elección o designación política ni el personal eventual. Tampoco podrán formar parte el personal laboral, ni aquellos funcionarios/as que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en cualquier categoría en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.

 

Dicho apartado establece también que todos los miembros deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios/as de carrera, no pudiendo estar formados mayoritariamente por funcionarios/as pertenecientes al mismo cuerpo o escala objeto de la selección.

 

Además, todos ellos deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

 

Por último, el apartado aludido establece que a los tribunales de las pruebas selectivas asistirá un/una observador/a del desarrollo del procedimiento selectivo, con voz y sin voto, designado a propuesta de las organizaciones sindicales entre funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, no pudiendo haber realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria, no siendo necesario que posea la titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.

 

Corresponde a la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, la competencia para aprobar las bases, efectuar el nombramiento de los miembros de los Tribunales de Selección de personal del Cuerpo de Policía Municipal, Bomberos y las categorías propias de SAMUR-Protección Civil, sin perjuicio de las competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, así como resolver los recursos de alzada que se interpongan contra los actos administrativos dictados por los Tribunales de Selección de personal, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, a propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Nombrar miembros del Tribunal de Selección de las pruebas selectivas convocadas para proveer, mediante promoción interna independiente, 5 plazas de la categoría de Sargento/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid en la modalidad de prestación de apoyo técnico con responsabilidades como Jefe de Sala de la Central de Comunicaciones, convocadas por Resolución de 4 de diciembre de 2024 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.774, de 5 de diciembre de 2024) a las siguientes personas:

 

PRESIDENTE:

 

Titular: D. Jesús Borruel Armendáriz.

Suplente: D. Rodrigo Barredo López.

 

VOCALES:

 

Titular: D. Roberto González Rodríguez.

Suplente: D. Mariano Adán Ruiz.

 

Titular: D. Manuel Rodríguez Martínez.

Suplente: D. Dionisio Fernández Bastante.

 

Titular: Dña. María Isabel Gómez Cuerda.

Suplente: Dña. Ana María Bailly Bailliere González.

 

SECRETARIA:

 

Titular: Dña. María del Sol Caparrós Sanz.

Suplente: Dña. María Isabel García Recio.

 

SEGUNDO.- Nombrar observadores del desarrollo del procedimiento selectivo a las siguientes personas:

 

Titular: D. Fernando Macías Triviño.

Suplente: D. Domingo Navarro Rodríguez.

 

TERCERO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó el decreto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del presente decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123.2 y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cualquier momento a contar desde el día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (artículo 124 LPAC).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 18 de julio de 2025.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

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