BOAM nº 9761 (18/11/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
3961
Resolución de 12 de noviembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento, como personal laboral fijo, de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer, mediante el sistema de concurso, 31 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Monitor/a Deportivo) para la estabilización de empleo temporal de larga duración en el Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9276, de 2 de diciembre de 2022), fueron convocadas pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal para proveer 31 plazas de la categoría de Técnico Especialista Actividades Deportivas (Monitor/a Deportivo) de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid.
Concluidas las pruebas selectivas, el Director General de Planificación de Recursos Humanos dispuso, por Resolución de 18 de junio de 2024, la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación de aprobados del proceso selectivo (BOAM núm. 9657, de 20 de junio de 2024), habiéndose aportado por los aspirantes que figuran en el anexo I, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria para su nombramiento como personal laboral fijo.
Una vez ha finalizado dicho plazo de presentación se ha comprobado que los aspirantes que figuran en el anexo II, no aportan la documentación según lo establecido en la base número 10 de las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos.
Por otra parte, respecto de los aspirantes que figuran en el anexo III, se ha comprobado que no poseen la titulación exigida según lo establecido en la base número 3.1.e de las bases de aplicación.
En consecuencia, una vez requeridas a las personas interesadas y visto que de las alegaciones formuladas y la documentación aportada no se desprende la posesión de un título válido en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme a las bases expuestas no pueden ser nombrados personal laboral fijo.
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para nombrar como personal funcionario de carrera y como personal laboral fijo, a propuesta del tribunal de selección, a quienes superen las correspondientes pruebas, así como adjudicar los destinos de los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14º 1.2 c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023).
En su virtud
RESUELVO
PRIMERO.- Declarar, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, personal laboral fijo, en la categoría de Técnico Especialista Actividades Deportivas (Monitor/a Deportivo) del Ayuntamiento de Madrid, a los aspirantes que se relacionan en el anexo I de esta resolución, ordenada de acuerdo con la puntuación final obtenida, con indicación del destino que se les adjudica. Ello de conformidad con la propuesta formulada por el órgano de selección de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9276, de 2 de diciembre de 2022), para proveer, mediante el sistema de concurso, 31 plazas de personal laboral fijo de esta categoría, en aplicación de la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
SEGUNDO.- Para adquirir la condición de personal laboral fijo, de conformidad con lo dispuesto en la base decimosegunda de las bases generales aplicables, las personas a las que se adjudica destino deberán firmar el correspondiente contrato de trabajo en la fecha y horario que se establece en el anexo a la presente resolución, dentro del plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Por la Subdirección General de Gestión de Personal de la Dirección General de Costes y Gestión de Personal se procederá a la formalización de los contratos.
Los/las aspirantes que no firmen el contrato perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones.
TERCERO.- Dejar sin efectos las actuaciones relativas al nombramiento como personal laboral fijo a los aspirantes que figuran en el anexo II de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Monitor/a Deportivo/a) del Ayuntamiento de Madrid, al no aportar la documentación requerida, por lo que, en aplicación de lo establecido en la base número 10 de las bases por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, no pueden ser nombrados personal laboral fijo.
CUARTO.- Dejar sin efectos las actuaciones relativas al nombramiento como personal laboral fijo a los aspirantes que figuran en el anexo III de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Monitor/a Deportivo/a) del Ayuntamiento de Madrid, al no poseer la titulación exigida según lo establecido en la base número 3.1.e de las bases, por las que se rigen las convocatorias para la estabilización de empleo temporal de larga duración, aprobadas por Resolución de 11 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, no pudiendo ser nombrados personal laboral fijo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4 a) en relación con el artículo 6.2.c) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 12 de noviembre de 2024.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.