Saltar navegación

BOAM nº 6581 (28/12/2011)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

2565

Decreto de 21 de diciembre de 2011 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba la Instrucción para la digitalización de expedientes de licencias urbanísticas.

A lo largo de los dos últimos años el Ayuntamiento de Madrid ha abordado la ordenación, clasificación administrativa y digitalización de los expedientes de licencias urbanísticas, en dos procesos consecutivos correspondientes a los períodos 2000-2005 y 2005-2009.

 

Ambos procesos conjuntamente han supuesto el tratamiento de más de 150.000 expedientes administrativos y la selección y conversión a formato electrónico de aquellos documentos (memorias técnicas, planos, resoluciones y licencias) de mayor relevancia técnica y jurídica.

 

El trabajo realizado tiene un doble objetivo, por una parte, el interés de la Administración municipal en disponer de una base documental, accesible electrónicamente, con información detallada sobre una parte importante de las actuaciones urbanísticas del Ayuntamiento en la última década, por otro lado, la necesidad de avanzar en el desarrollo y puesta a disposición de los ciudadanos de los medios y documentos necesarios para ejercer los derechos de acceso electrónico a la información y a los servicios públicos, reconocidos en nuestro ordenamiento jurídico.

 

Desde esta perspectiva y sobre la base del trabajo ya realizado, es necesario ampliar el alcance de la digitalización de los expedientes de licencias urbanísticas, tanto por lo que respecta a los procedimientos iniciados a partir de este año 2011, como por lo que se refiere a aquellos comprendidos en el periodo 2000-2009 que por diversas circunstancias, derivadas del estado de tramitación o del sistema de archivo o custodia, no han podido ser incorporados al proceso masivo de digitalización.

 

Tras las modificaciones operadas en los sistemas informáticos municipales, la digitalización de las licencias urbanísticas es, desde el ejercicio 2009, un trámite más de carácter obligatorio. No obstante, después de las últimas modificaciones normativas y de gestión producidas en el sistema de tramitación de licencias del Ayuntamiento de Madrid, se ha considerado necesario ampliar este trámite, incluyendo en el mismo otros documentos generados en el procedimiento administrativo que pueden ser determinantes de la concesión de la licencia urbanística, tales como memorias técnicas o planos. Ello plantea la conveniencia de completar la digitalización de aquellos expedientes que no contengan toda la documentación considerada imprescindible.

 

Por otro lado, el desarrollo de la normativa de administración electrónica y la evolución de los servicios y tecnologías necesarias para garantizar el intercambio de información con los ciudadanos y con otras Administraciones, tanto en el ámbito nacional como europeo, requiere contemplar la aplicación de las Normas Técnicas de Interoperabilidad, aprobadas por Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. En ellas se desarrollan los requisitos básicos relativos a digitalización de documentos en soporte papel, conversión en documentos electrónicos, procedimientos de copiado auténtico y todos aquellos necesarios para asegurar los aspectos prácticos y operativos en la conservación, gestión e intercambio de documentos y actuaciones en el ámbito de la administración electrónica.

 

Estos requisitos deberán ser progresivamente aplicados en el Ayuntamiento de Madrid a medida que se adapten y desarrollen los sistemas y/o se renueven los equipos y se disponga del software y los equipamientos necesarios.

 

Para abordar esta tarea y, al tiempo, consolidar la creación, acceso y conservación en formato electrónico de los documentos integrantes de los expedientes de licencias urbanísticas, se ha considerado conveniente aprobar una Instrucción, dirigida a la totalidad de unidades competentes en la materia, que permita incorporar definitivamente la generación de documentos electrónicos en los procedimientos de tramitación de licencias urbanísticas regulados tanto en la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 23 de diciembre de 2004, como en la Ordenanza por la que se establece el Régimen de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades, de 29 de junio de 2009.

 

Con esta Instrucción, además, se completan las actuaciones necesarias para la incorporación, actualización y coordinación de los expedientes de licencias urbanísticas tramitados en los Distritos y la inclusión de los correspondientes documentos digitalizados en los sistemas de información y gestión, de conformidad con lo establecido en el apartado octavo del Acuerdo de 3 de abril de 2008, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se adoptan medidas para la mejora del Servicio de Concesión de Licencias Urbanísticas y del Servicio de Disciplina Urbanística.

 

El artículo 3.2 f) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 21 de junio de 2011, por el que establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, atribuye al Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la competencia para dictar instrucciones para dirigir la actividad de los órganos y organismos que integran el Área de Gobierno, mientras que el apartado octavo del Acuerdo de 3 de abril de 2008, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se adoptan medidas para la mejora del Servicio de Concesión de Licencias Urbanísticas y del Servicio de Disciplina Urbanística habilita al Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a realizar las actuaciones necesarias con la finalidad de llevar a cabo los trabajos de digitalización de expedientes de licencias urbanísticas en los Distritos,

 

En su virtud,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la Instrucción para la digitalización de expedientes de licencias urbanísticas, cuyo contenido se incorpora como Anexo del presente Decreto.

 

SEGUNDO.- El presente Decreto surtirá efectos a partir de su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en la página web del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 21 de diciembre de 2011.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.

 

ANEXO

 

INSTRUCCIÓN PARA LA DIGITALIZACIÓN DE EXPEDIENTES DE LICENCIAS URBANÍSTICAS

 

1. Objeto.

 

La presente Instrucción tiene por objeto lograr un grado de digitalización homogéneo en el archivo de los expedientes de licencias urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid desde el año 2000, y fijar las bases para su mantenimiento en ejercicios sucesivos.

 

2. Ámbito de aplicación.

 

La digitalización de los expedientes de licencias urbanísticas será de aplicación a todas las solicitudes presentadas en las respectivas unidades gestoras a partir de la entrada en vigor de esta Instrucción. Quedan exceptuadas de este tratamiento, por su propio carácter, las actuaciones comunicadas y las comunicaciones previas.

 

3. Expedientes ya iniciados o terminados.

 

3.1. La digitalización de los expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto y de los ya terminados que no hubieran sido digitalizados en procesos anteriores o que deban ser completados, se realizará conforme a la programación que elabore cada una de las unidades gestoras.

 

Subir Bajar