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BOAM nº 9907 (25/06/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

2535

Resolución de 20 de junio de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se modifican las bases específicas que regirán la convocatoria para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de personal funcionario de carrera de Ingeniero/a Técnico/a en Topografía del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución de 1 de abril de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9854, de 4 de abril de 2025) se aprobaron las bases específicas por las que se regirá la convocatoria para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de personal funcionario de carrera de Ingeniero/a Técnico/a en Topografía del Ayuntamiento de Madrid, que fueron sometidas a la consideración de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en sus reuniones de 18 y 27 de marzo de 2025.

 

En las bases especificas mencionadas, en su apartado 4.1, se establecía lo siguiente en relación al segundo ejercicio de la fase de oposición:

 

"Segundo ejercicio: consistirá en resolver un supuesto de carácter práctico, a escoger por el/la opositor/a entre dos propuestos por el órgano de selección, relacionados con el contenido del programa que figura como anexo a estas bases.

 

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

 

Los/las aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y libros de consulta de los que acudan provistos/as en soporte papel, o bien, en su caso, de los puestos a su disposición en formato electrónico por el órgano de selección.

 

Se valorará en igual porcentaje el rigor analítico, así como los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados a la resolución del supuesto práctico."

 

Dada la naturaleza de la categoría, y a fin de ajustar las pruebas a las competencias técnicas y habilidades digitales requeridas para el adecuado desempeño de sus funciones adscritas, se procede a modificar el segundo ejercicio con el siguiente texto:

 

"Segundo ejercicio: consistirá en resolver una prueba práctica, a escoger por el/la opositor/a entre dos propuestas por el órgano de selección, mediante la utilización del programa informático QGIS.

 

Se valorará el ejercicio de la siguiente forma: 70% los conocimientos específicos relacionados con el contenido del programa que figura como anexo a estas bases y un 30% el manejo adecuado de la aplicación.

 

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

 

Los/las aspirantes podrán hacer uso de los materiales puestos a su disposición en formato electrónico por el órgano de selección."

 

Toda vez que el presente proceso selectivo no ha sido convocado, la Administración no queda vinculada por las bases hasta que no se realizan actos que impliquen su aceptación. Hasta entonces, no existen derechos adquiridos por parte de los/las aspirantes, por lo que se puede proceder a la modificación de las presentes bases específicas sin necesidad de aplicar procedimientos de revisión.

 

Dicha modificación ha sido sometida a la consideración de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en su reunión de 10 de junio de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el periodo 2019-2022 (Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid núm. 8307, de 2 de enero de 2019).

 

En virtud de las competencias atribuidas en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023)

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Modificar la Resolución de 1 de abril de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, de aprobación de las bases específicas por las que se regirá la convocatoria para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de personal funcionario de carrera de Ingeniero/a Técnico/a en Topografía del Ayuntamiento de Madrid, en los términos que se indican a continuación:

 

La base 4.1 queda redactada en los siguientes términos:

 

Donde dice:

 

"Segundo ejercicio: consistirá en resolver un supuesto de carácter práctico, a escoger por el/la opositor/a entre dos propuestos por el órgano de selección, relacionados con el contenido del programa que figura como anexo a estas bases.

 

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

 

Los/las aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y libros de consulta de los que acudan provistos/as en soporte papel, o bien, en su caso, de los puestos a su disposición en formato electrónico por el órgano de selección.

 

Se valorará en igual porcentaje el rigor analítico, así como los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados a la resolución del supuesto práctico."

 

Debe decir:

 

"Segundo ejercicio: consistirá en resolver una prueba práctica, a escoger por el/la opositor/a entre dos propuestas por el órgano de selección, mediante la utilización del programa informático QGIS.

 

Se valorará el ejercicio de la siguiente forma: 70% los conocimientos específicos relacionados con el contenido del programa que figura como anexo a estas bases y un 30% el manejo adecuado de la aplicación.

 

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

 

Los/las aspirantes podrán hacer uso de los materiales puestos a su disposición en formato electrónico por el órgano de selección."

 

SEGUNDO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

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