BOAM nº 6281 (30/09/2010)
Distrito de Vicálvaro
1856
Resolución de 10 de agosto de 2010 del Gerente del Distrito de Vicálvaro por la que se impone una sanción a Servisalud y Descanso, S.L., expediente número 119/2010/02710.Intentada sin efecto la notificación al interesado y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Vicálvaro, plaza Don Antonio de Andrés, 18.
Referencia: 119/2010/02710.
Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de Vicálvaro.
Emplazamiento: Calle San Cipriano, 11.
Interesado: Servisalud y Descanso, S.L.
Hechos denunciados: No exhibir los precios de los artículos expuestos para la venta.
Norma infringida: Artículo 50.4 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid y artículo 124.10 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 1 de julio de 2003).
Calificación de la infracción: Leve, según el artículo 127.2 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 1 de julio de 2003).
Importe de la sanción: 200,00 euros según lo establecido en el artículo 128.1 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 1 de julio de 2003).
Instructora: Florentina Sanz Martín.
Secretaria: María Elena Martín Lafuente.
El importe de la sanción podrá hacerlo efectivo, mediante abonaré que podrá retirar en el Negociado de Gestión del Distrito de Vicálvaro, en la plaza de Don Antonio de Andrés, 18; de 9 a 14 horas, de lunes a viernes y durante el plazo de un mes.
Contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.
II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente, artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 10 de agosto de 2010.- El Gerente del Distrito de Vicálvaro, Faustino Álvarez Menéndez.