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BOAM nº 8504 (16/10/2019)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

1965

Resolución de 14 de octubre de 2019 del Director General de la Policía Municipal por la que se procede al nombramiento como funcionarios en prácticas de cinco aspirantes que han superado la fase de concurso correspondiente a las pruebas selectivas para la provisión de 52 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal, por el sistema de movilidad sin ascenso.

El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión de 52 plazas de la Categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de movilidad sin ascenso, en su sesión celebrada el 25 de septiembre de 2019 acordó hacer pública la relación de aprobados en la fase de concurso por orden de puntuación.

 

Posteriormente, tras haberse producido la renuncia expresa de cinco de los aspirantes inicialmente aprobados y de conformidad con lo previsto en la base 7.2 de la convocatoria, el órgano convocante ha requerido del Tribunal una relación complementaria de aquellos que, habiendo superado la fase de concurso, sigan en orden a los inicialmente propuestos para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas.

 

Con fecha 8 de octubre de 2019 el Tribunal ha elaborado relación complementaria de aspirantes a fin de completar el total de plazas convocadas, de manera que con estos 5 aspirantes sumados a los 47 inicialmente nombrados funcionarios en prácticas se alcanza el total de las 52 plazas convocadas.

 

Por tanto, vista la propuesta complementaria formulada por el Tribunal Calificador y examinada la documentación aportada por los interesados, los cinco aspirantes propuestos reúnen los requisitos exigidos en las Bases que rigen la presente convocatoria y demás normativa de general aplicación.

 

Asimismo, los interesados han ejercitado su opción retributiva según lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, donde se establece que las personas interesadas que en el momento de su nombramiento ya estén prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios/as de carrera o interinos/as, o como personal laboral, deberán optar entre percibir las retribuciones establecidas con carácter general para los funcionarios/as en prácticas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid o las que les correspondería en el puesto de origen.

 

Por lo que de conformidad con lo previsto en la Base 9ª de las que rigen la presente convocatoria y al amparo de las competencias que para el nombramiento de los funcionarios/as en prácticas que usen armas me confiere el apartado 8.º 1.3 a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias,

 

RESUELVO

 

ÚNICO.- Nombrar funcionarios/as en prácticas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, con efectos del día 17 de octubre de 2019, a los/as aspirantes que han superado la fase de concurso correspondiente a las pruebas selectivas para la provisión de 52 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal, que se relacionan en el Anexo que se acompaña a la presente resolución.

 

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabrá recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo establecido en los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 14 de octubre de 2019.- El Director General de la Policía Municipal, Pablo Enrique Rodríguez Pérez.

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