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BOAM nº 7746 (19/09/2016)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1959

Acuerdo de 15 de septiembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifican las directrices para el ejercicio del derecho de propuesta.

El Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004 (en adelante, ROPC), regula en el Capítulo IV, "el derecho de iniciativa y propuesta ciudadana", concretamente el artículo 22 de dicho Reglamento Orgánico establece el derecho de propuesta ciudadana como un mecanismo de participación individual o colectiva, mediante el cual, todos los ciudadanos tienen el derecho a dirigirse individual o colectivamente a cualquier autoridad u órgano municipal para elevar propuestas de actuación, comentarios o sugerencias en materia de competencia municipal o de interés local.

 

Asimismo establece que, la propuesta deberá ser cursada a través de las diferentes vías que el Ayuntamiento de Madrid establezca para favorecer la comunicación con los vecinos, ya sean vías telemáticas, buzones de sugerencias de las distintas dependencias municipales o cualesquiera otros medios.

 

Por todo ello, el pasado 10 de septiembre de 2015, mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, publicado en el "Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid" el 14 de septiembre de 2015, se aprobaron las directrices reguladoras del ejercicio del derecho de propuesta a través de la web de Gobierno Abierto, con el objetivo de incrementar la participación ciudadana en la ciudad de Madrid, impulsar el planteamiento de propuestas ciudadanas y permitir a los vecinos opinar sobre las mismas, como mecanismo para involucrar a los ciudadanos en el gobierno de la ciudad.

 

Esta participación se viene realizando a través de la web de gobierno abierto Decide Madrid, o bien presencialmente, a través de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, lo que ha permitido crear un espacio de debate compartido por los ciudadanos y la Administración municipal para el planteamiento de propuestas de actuación, que garantice, por un lado que los demás vecinos interesados en la actuación puedan pronunciarse acerca de las mismas, y por otro proporcionar a la administración una valiosa información acerca de los intereses y prioridades de la ciudadanía de Madrid.

 

El análisis de los nuevos mecanismos de participación ciudadana, en el año que llevan en marcha, ha servido para estudiar los procesos, permitiendo tomar el pulso a la ciudad sobre las necesidades y preferencias de la ciudadanía, y plantear áreas de mejora. Por ello, el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión de 27 de julio de 2016 aprobó una proposición del grupo municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía para adaptar las directrices reguladoras del derecho de propuesta a través de la web de Gobierno Abierto, a las necesidades de una ciudad ágil y dinámica como es Madrid.

 

Con el fin de incorporar las propuestas aprobadas por el Pleno y de introducir mejoras en los cauces de participación ciudadana, se han modificado las Directrices aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 10 de septiembre de 2015, con el objetivo de reducir al 1% el número de apoyos necesarios para someterla a una segunda fase de debate conjunto. Esta modificación aporta dinamismo al proceso y garantiza que un mayor número de propuestas alcancen la fase de deliberación colectiva permitiendo que la ciudadanía pueda decidir a través de la votación final sobre más decisiones de actuación de la ciudad.

 

Asimismo, se ha ampliado el plazo previsto en la segunda fase para la deliberación conjunta de la ciudadanía de 45 días naturales a un plazo de 90 a 150 días naturales, al objeto de que la ciudadanía pueda participar en un debate sobre las propuestas que hayan alcanzado el 1% de la población mayor de 16 años empadronada en Madrid, durante un tiempo mayor y se pueda enriquecer la propuesta.

 

En la línea de la transparencia y buen gobierno, se incorpora un informe sobre la competencia que ostenta el Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de las propuestas, como complemento a la labor de moderación, realizado por la Dirección General de Participación Ciudadana, todos los primeros de mes, sobre la competencia que ostenta el Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de las cinco propuestas que cuenten con más apoyos.

 

Finalmente con la finalidad de ofrecer a todos los ciudadanos, igualdad de condiciones en la fase de debate colectivo, se ha establecido un tiempo mínimo de debate de 90 días naturales, en aquellos casos en los que una propuesta obtuviese el 1% de apoyos cuando quedase menos de ese plazo para que se pronuncie la ciudadanía sobre la aceptación o rechazo de otras propuestas, entonces se permitirá abrir con esta propuesta un nuevo espacio de debate con los plazos generales, una vez concluido el proceso decisorio puesto en marcha.

 

La adaptación de estos mecanismos de ejercicio del derecho de propuesta, requiere modificar las directrices aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 10 de septiembre de 2015, con el objetivo de adecuar los aspectos procedimentales y técnicos. Corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1b) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, la adopción de directrices vinculantes para todos los órganos ejecutivos y organismos del Ayuntamiento de Madrid.

 

En su virtud, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 15 de septiembre de 2016,

 

ACUERDA

 

Primero.- Modificar las directrices para el ejercicio del derecho de propuesta aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 10 de septiembre de 2015, en los términos que se incorporan como Anexo al presente Acuerdo.

 

Segundo.- Corresponde al titular del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto aprobar los Decretos para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, y a la Gerencia de la Ciudad resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

 

Tercero.- En el plazo de tres meses desde la adopción del presente Acuerdo, el Delegado del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto aprobará una "Guía Didáctica" completa para participantes sobre las competencias, trámites y formas de actuación del Ayuntamiento de Madrid en relación al ejercicio del derecho de propuesta.

 

Cuarto.- Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 15 de septiembre de 2016.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, Pilar Aguilar Almansa.

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