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BOAM nº 5791 (17/01/2008)
Distrito de Moratalaz

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Resolución de 14 de septiembre de 2007 del Gerente del Distrito de Moratalaz por el que se archiva el expediente por caducidad de procedimiento de solicitud de implantación de actividad de tatuajes y piercing con obra en la calle Marroquina, 24, posterior, solicitada por don Miguel Ángel Lapuente Céspedes.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Licencias del Distrito de Moratalaz, calle Fuente Carrantona, 8.

 

El Concejal Presidente de este Distrito por Decreto de 14 de septiembre de 2007 y en virtud de las atribuciones conferidas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid mediante acuerdo de 27 de julio de 2006 y por el Gerente de la Agencia Tributaria de Madrid por Resolución de 10 de febrero de 2005, ha dispuesto lo siguiente:

 

Declarar la caducidad del procedimiento de referencia, al haber transcurrido el plazo de tres meses sin haber dado cumplimiento en debida y suficiente forma al requerimiento de subsanación de deficiencias de fecha 30 de marzo de 2007, por lo que procede el archivo de las actuaciones al amparo de lo dispuesto en el artículo 92.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Aprobar la liquidación definitiva de la tasa por la tramitación de la licencia urbanística, practicada conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos.

 

Cuota tributaria: 630,45 euros

Cuota tributaria reducida: 157,61 euros

Pagado autoliquidación: 371,95 euros

Diferencia: -214,34 euros (Cantidad a devolver).

 

Contra las expresadas resoluciones podrá interponer los recursos que se indican a continuación:

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Concejal Presidente de esta Junta Municipal de Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con la siguiente normativa:

Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común .

En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, (según el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, del Poder Judicial).

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente. (Artículo 58 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 14 de septiembre de 2007.- El Gerente del Distrito de Moratalaz, Ángel Herraiz Lersundi.

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