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BOAM nº 9624 (03/05/2024)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1425

Acuerdo de 25 de abril de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba la masa salarial del personal laboral del sector público del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2024.

El artículo 103 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece la obligación para las entidades locales de aprobar anualmente la masa salarial del personal laboral de su sector público, respetando los límites y las condiciones que se establezcan con carácter básico en las correspondientes leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.

 

La aprobación de la masa salarial comprenderá la referente a la propia entidad local, organismos, entidades públicas empresariales y demás entes públicos y sociedades mercantiles de ella dependientes, así como la de los consorcios adscritos a la misma y la de las fundaciones constituidas con capital o patrimonio mayoritariamente local.

 

El procedimiento para la aprobación de la masa salarial del personal laboral del sector público del Ayuntamiento de Madrid ha sido establecido por Acuerdo de 11 de diciembre de 2014 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el que se prevé el informe previo de los órganos directivos competentes en materia de presupuestos y de sector público. Dichos informes, que se emitirán en sus respectivos ámbitos, han de contener un pronunciamiento expreso sobre la observancia de los criterios definidos en dicho acuerdo de Junta de Gobierno y del debido cumplimiento de los límites y condiciones establecidos en las correspondientes leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado y restante normativa presupuestaria.

 

Asimismo, se establece que las variaciones experimentadas en la masa salarial entre un ejercicio y el siguiente serán objeto de valoración en términos de homogeneidad para los dos periodos objeto de la comparación y que la masa salarial aprobada se tendrá en cuenta para determinar, en términos de homogeneidad, los créditos correspondientes a las retribuciones del personal laboral afectado.

 

Por su parte, la disposición adicional cuarta de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2024 establece, en su apartado dos, que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobará en el primer cuatrimestre del ejercicio presupuestario la masa salarial del personal laboral del sector público municipal, respetando los límites y las condiciones que se establezcan con carácter básico en las correspondientes leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.

 

La Dirección General de Costes y Gestión de Personal ha remitido informes de la masa salarial correspondiente al ejercicio 2024 en los respectivos ámbitos del Ayuntamiento de Madrid, de los organismos autónomos del Ayuntamiento de Madrid así como de sus empresas públicas.

 

A la vista de los informes de la Dirección General de Costes y Gestión de Personal procede la aprobación de la masa salarial del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2024.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, así como con lo establecido en la disposición adicional cuarta de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2024, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 25 de abril de 2024,

 

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Masa salarial del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid.

 

Aprobar la masa salarial del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al ejercicio 2024, fijando su importe en 105.821.264,05 euros.

 

SEGUNDO.- Masa salarial del personal laboral de los organismos autónomos del Ayuntamiento de Madrid.

 

Aprobar la masa salarial del personal laboral de los organismos autónomos del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al ejercicio 2024, fijando su importe en:

 

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

IMPORTE

Informática del Ayuntamiento de Madrid

13.815.682,00 €

Agencia para el Empleo de Madrid

9.909.328,61 €

Agencia Tributaria Madrid

3.926.418,00 €

Madrid Salud

1.445.910,00 €

Agencia de Actividades

109.253,30 €

 

TERCERO.- Masa salarial del personal laboral de las sociedades mercantiles del Ayuntamiento de Madrid.

 

Aprobar la masa salarial del personal laboral de las sociedades mercantiles del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al ejercicio 2024, fijando su importe en:

 

 

EMPRESA

IMPORTE

Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S.A.

429.456.350,82 €

Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A.

10.335.357,39 €

Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S.A.

24.983.637,03 €

Mercamadrid, S.A.

5.053.039,19 €

Club de Campo Villa de Madrid, S.A.

6.810.422,15 €

Madrid Calle 30, S.A.

932.245,49 €

Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A.

21.787.828,17 €

 

CUARTO.- Efectos y publicación.

 

El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

Madrid, a 25 de abril de 2024.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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