BOAM nº 7318 (19/12/2014)
Distrito de Tetuán
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Resolución de 17 de diciembre de 2014 de la Gerente del Distrito de Tetuán por la que se publica la notificación de la orden de ejecución de reconstrucción de la acera y el paso de vehículos de la calle Cantueso, 22, siendo el interesado Proyectos Yagüe, S.A., expediente 106/2009/07053.Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la resolución de la orden de ejecución de reconstrucción de la acera y el paso de vehículos en expediente número 106/2009/07053, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística del Distrito de Tetuán, calle Bravo Murillo, 357.
Ordenar a Proyectos Yagüe, S.A., la reconstrucción de la acera y el paso de vehículos que han sido realizados por el titular de la nueva planta sin ajustarse a la normativa municipal. Los tiradores de la tapa de la arqueta de entrada de las infraestructuras comunes de acceso a los servicios de telecomunicaciones al edificio sobresalen de la superficie de la tapa en el edificio sito en calle Cantueso, 22, y que deberán ser realizadas en los plazos establecidos y según la documentación que deberá ser presentada, de conformidad con los artículos 168.1 y 170 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y el artículo 6 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, con la advertencia, según el artículo 33.2 de la citada ordenanza, en caso de incumplimiento, de la imposición de multas coercitivas, la incoación del correspondiente procedimiento sancionador, según lo establecido en los artículos 170.2 y 202 y siguientes de la Ley 9/2001 y la incoación declarando el incumplimiento del deber de conservar o rehabilitar.
Aprobar la liquidación de la tasa correspondiente por un importe de 340,55 euros, practicada conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, según la resolución adoptada por el Gerente de este Distrito.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación.
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 38 del Reglamento Orgánico por el que se Regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.
II.- Directamente, salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 LRJPAC).
Madrid, a 17 de diciembre de 2014.- La Gerente del Distrito de Tetuán, Catalina Bennaceur Vindel.