Saltar navegación

BOAM nº 8099 (22/02/2018)
Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias

431

Decreto de 20 de febrero de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias por el que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos a las pruebas selectivas para proveer, por promoción interna independiente, 57 plazas de la categoría de Jefe/a de Grupo Conductor/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

Por Decreto de 18 de septiembre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, fue convocado el proceso selectivo para proveer, por promoción interna independiente, 57 plazas de la categoría de Jefe/a de Grupo Conductor/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, finalizando el plazo de presentación de instancias el 27 de noviembre de 2017.

 

Posteriormente, se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 18 de enero de 2018 (núm. 8.074) el Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias aprobando la lista provisional de admitidos a este proceso. Al no haber ningún aspirante excluido, se otorgó un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicho decreto, a los aspirantes que no figurasen en la relación de admitidos para subsanar el defecto que hubiera motivado su no inclusión expresa, conforme a lo establecido en el apartado 3.º de la base sexta de las bases generales que rigen la convocatoria.

 

Finalizado el plazo concedido, no se han presentado solicitudes de subsanación, por lo que no procede publicación de lista definitiva de excluidos.

 

La propuesta se realiza de conformidad con lo establecido en el apartado 4.º de la base sexta de las Bases Generales de Promoción Interna Independiente de Personal Funcionario, aprobadas por resolución del Director General de Recursos Humanos de 25 de enero de 2017, y lo establecido en la base tercera de las bases específicas que rigen las pruebas selectivas de referencia.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias la competencia para gestionar las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de Bomberos, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.2.1 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.

 

Por lo expuesto,

 

DISPONGO

 

Primero.- Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos a las pruebas selectivas convocadas por Decreto de 18 de septiembre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias para proveer, por promoción interna independiente, 57 plazas de la categoría de Jefe/a de Grupo Conductor/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

 

Segundo.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Tercero.- Publicar el presente decreto y la lista definitiva de aspirantes admitidos en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la web municipal (www.madrid.es).

 

Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 115, 116, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo, en este caso, interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 20 de febrero de 2018.- El Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, José Javier Barbero Gutiérrez.

Subir Bajar