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BOAM nº 5884 (13/01/2009)
Informática del Ayuntamiento de Madrid

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Resolución de 2 de enero de 2009 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se resuelve totalmente la convocatoria de puestos de trabajo para ser provistos por el procedimiento de Libre Designación LD-IAM 7/2008, aprobada por Resolución de 10 de diciembre de 2008 de esta Gerencia.

En virtud del artículo 15,k) de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, aprobados el 29 de junio de 2004, por el que se atribuye al Gerente, entre otras, la dirección y gestión del personal y a efectos de la resolución total de la convocatoria de provisión de puestos por el sistema de Libre Designación LD-IAM 7/2008, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 12 de diciembre de 2008,

 

RESUELVO

 

Primero.- Adjudicar con carácter definitivo el puesto convocado, según se detalla en el Anexo I.

 

Segundo.- Los plazos de cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la disposición impugnada o al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del mencionado texto legal.

- Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Madrid, a 2 de enero de 2009.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Jorge García Reig.

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