Saltar navegación

BOAM nº 6425 (05/05/2011)
Distrito de San Blas

1068

Decreto de 20 de abril de 2011 de la Concejal Presidente del Distrito de San Blas por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a clubes y agrupaciones deportivas del Distrito de San Blas del año 2011.

En ejercicio de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 18 de junio de 2007, dispongo aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones para clubes y agrupaciones deportivas del Distrito de San Blas con cargo al ejercicio presupuestario 2011 con sujeción a las siguientes especificaciones:

 

1ª) Finalidad y objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a clubes y agrupaciones deportivas para las actividades deportivas que se desarrollen el Distrito de San Blas, con el fin de promover y fomentar la práctica del deporte en su ámbito distrital, incrementando así la calidad de vida y el bienestar social de los ciudadanos.

 

2ª) Régimen jurídico.

En dicha convocatoria se garantiza la gestión de las subvenciones con arreglo a los principios de transparencia, publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

La concesión y justificación de las subvenciones reguladas por la presente convocatoria se regularán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado de 18 de noviembre de 2003); el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común por las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el año 2011.

No será de aplicación la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana.

 

3ª) Beneficiarios.

Podrán concurrir a la convocatoria de estas subvenciones los clubes y agrupaciones deportivas que reúnan los siguientes requisitos:

- Tengan su domicilio social en el Distrito de San Blas.

- En sus estatutos se recoja como objeto de la entidad la práctica de la actividad deportiva.

- Desarrollen fundamentalmente su actividad deportiva en el Distrito de San Blas.

- No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones, señaladas específicamente en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que se acreditará a través de la declaración responsable incluida en el modelo de solicitud de la convocatoria.

 

4ª) Gastos subvencionables.

Los gastos subvencionables serán los ocasionados, excluido el Impuesto del Valor Añadido (IVA), por las actuaciones realizadas y/o a realizar durante el año 2011 por las entidades incluidas en el ámbito de esta convocatoria. La cantidad económica solicitada tendrá como objeto contribuir a los gastos ocasionados por:

- La adquisición de material deportivo fungible y aquellos gastos inherentes a la actividad deportiva del club o agrupación deportiva, tales como: equipaciones, trofeos deportivos, balones, arbitrajes, jueces, seguros, gastos de federación, inscripciones, desplazamiento en autocar para partidos o torneos.

- Gastos por el uso de la infraestructura necesaria para la práctica deportiva, tales como campos, pabellones, pistas y de material deportivo.

- Suministro de agua y electricidad en la sede social de la entidad.

Todos los gastos subvencionables deberán estar relacionados con la actividad deportiva desarrollada en el Distrito de San Blas. No se subvencionarán los gastos derivados de actividades que se realicen con contraprestación de la Administración o terceros.

 

5ª) Financiación.

El crédito total asignado a la presente convocatoria de subvenciones asciende a la cantidad de 40.000,00 euros, que se imputarán a la partida presupuestaria 489.01, "Otras transferencias a familias e instituciones sin fines de lucro", del Programa 341.01 "Actuaciones Deportivas" del presupuesto de gastos del Distrito de San Blas para el año 2011.

 

6ª) Asignación de cantidades y criterios de valoración.

La asignación de las subvenciones se fija en el límite máximo por beneficiario de 3.500,00 euros.

La distribución del crédito disponible se realizará a las entidades que cumplan los requisitos de la convocatoria, distinguiéndose en su distribución dos fases:

 

En la primera fase se distribuirá el 50 por ciento del crédito disponible, asignándose un importe máximo de 1.000,00 euros por cada beneficiario.

Si la cuantía solicitada por el conjunto de las peticiones admitidas en esta fase fuera inferior al crédito disponible, se asignará a cada solicitud una cuantía igual al importe solicitado, con el límite máximo de 1.000,00 euros, establecido en esta fase.

Si la cuantía solicitada por el conjunto de las peticiones fuera superior al crédito disponible en esta fase, se determinará para cada entidad el porcentaje del crédito disponible que se le asignará. Dicho porcentaje será el resultado de la relación entre la cantidad solicitada por cada una de las entidades y la cantidad total solicitada por todas ellas.

De existir remanente en el crédito asignado a la primera fase, el mismo incrementará el crédito de la segunda fase.

 

En la segunda fase sólo se tomarán en cuenta aquellas entidades cuya cuantía solicitada fuera superior a 1.000,00 euros. La cuantía subvencionable para cada entidad, será el resultado de deducir de la cuantía total solicitada por la misma, el importe que le haya sido asignado en la fase anterior, con un límite máximo por beneficiario de 2.500,00 euros, en esta fase.

La evaluación y puntuación de las solicitudes admitidas se regirá por los siguientes criterios objetivos de valoración de la entidad:

 

Criterios de valoración: Hasta 20 puntos.

 

Representatividad: Se valorará el número de participantes (fichas de jugadores) en el año 2010 (hasta 8 puntos) con el siguiente criterio:

 

Participantes en modalidades individuales y de equipo de hasta cinco jugadores:

Hasta 25: 2 puntos.

Desde 26 hasta 75: 4 puntos.

Desde 76 hasta 100: 6 puntos.

Desde 101 en adelante: 8 puntos.

 

Participantes en modalidades de equipo a partir de cinco jugadores:

Hasta 50: 2 puntos.

De 51 hasta 100: 4 puntos.

De 101 hasta 150: 6 puntos.

Desde 151 en adelante: 8 puntos.

 

Antigüedad (hasta 6 puntos).

 

Constituidas antes de 1990: 6 puntos.

Desde 1991 hasta 1995: 5 puntos.

Desde 1996 hasta el 2000: 4 puntos.

Desde 2001 a 2005: 3 puntos.

Desde 2006 hasta el 2009: 2 puntos.

Subir Bajar