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BOAM nº 8086 (05/02/2018)
Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias

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Decreto de 1 de febrero de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias por el que se rectifican las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria de las pruebas selectivas para proveer 130 plazas por promoción interna independiente de la categoría de Jefe/a de Grupo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

Por Decreto de 13 de diciembre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias fueron aprobadas las listas definitivas de admitidos y excluidos en el proceso selectivo convocado para proveer por promoción interna independiente 130 plazas de la categoría de Jefe/a de Grupo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, publicándose en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid n.º 8056 de 21 de diciembre de 2017.

 

Con posterioridad a dicha publicación, se ha observado la existencia de un error en la lista de admitidos, ya que aparece como incluido José López García que no cumple los requisitos de ser Bombero Especialista al pertenecer a la categoría de Bombero Conductor Especialista.

 

A la vista de estas circunstancias, resulta necesario rectificar la lista definitiva de aspirantes admitidos, excluyendo a quien se ha podido constatar que se encuentra en esa situación, ello sin perjuicio de recordar a todos los aspirantes que el incumplimiento de los requisitos básicos exigidos impedirá, en todo caso, su nombramiento como funcionarios de carrera de la categoría convocada aunque lleguen a superar los ejercicios previstos y figuren en la propuesta del Tribunal Calificador.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias la competencia para gestionar las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de Bomberos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2.1 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.

 

Por lo expuesto,

 

DISPONGO

 

Primero.- Rectificar la lista definitiva de admitidos en el proceso selectivo convocado para proveer por promoción interna independiente, 130 plazas de la categoría de Jefe/a de Grupo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid y, en consecuencia, excluir de ella a José López García, con DNI ****1348R, por no pertenecer a la categoría de Bombero Especialista.

 

Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la lista definitiva de excluidos aprobada por el presente Decreto.

 

Tercero.- Publicar este Decreto y las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Cuarto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículo 8.1 y 14. 1. 2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 1 de febrero de 2018.- El Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, José Javier Barbero Gutiérrez.

 

 

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