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BOAM nº 5797 (28/02/2008)
Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende

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Resolución de 20 de febrero de 2008 del Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende por la que se aprueba la convocatoria para la constitución de una bolsa de proyectos empresariales y para la autorización de uso de 28 despachos/oficinas del vivero de empresas de Vicálvaro.

El Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende", en virtud de lo establecido en el artículo 15 m) de sus Estatutos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 256, de 27 de octubre de 2004), mediante la presente:

 

DISPONGO

 

Aprobar las Bases de la Convocatoria para la constitución de una "Bolsa de Proyectos Empresariales" y la autorización de uso de 28 oficinas/despachos en el vivero de empresas de Vicálvaro, dependiente de la Agencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende", siendo su finalidad el establecimiento, arranque y consolidación de empresas de nueva o reciente creación. Así mismo, se establecen los criterios preferentes para la baremación de los proyectos presentados al efecto.

 

Contra la presente, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende" en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, según lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 48, 116 y117 de la Ley 30/1992 antes citada, en relación con el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de cualquier otra acción que mejor convenga a los derechos de los interesados.

 

Madrid, a 20 de febrero de 2008.- El Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende, José Ignacio Ortega Cachón.

 

 

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE PROYECTOS EMPRESARIALES Y PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO DE 28 DESPACHOS/OFICINAS DEL VIVERO DE EMPRESAS DE VICÁLVARO

  

 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

   

 La Agencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende", en virtud de lo establecido en sus Estatutos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 256, de 27 de octubre de 2004), tiene como finalidad la gestión de las políticas municipales en materia de promoción económica de la Ciudad de Madrid, con un enfoque prioritario de reequilibrio territorial, a través de actuaciones en los ámbitos de las infraestructuras empresariales, el fomento de la innovación, el fomento de la competitividad de las PYMES y el espíritu emprendedor, entre otras.

  

 A través del vivero de empresas de Vicálvaro, como centro de apoyo a la creación de empresas, y con la autorización de uso de 28 despachos/oficinas ubicados en él, se busca prestar el apoyo necesario a los emprendedores y empresarios que inician su andadura en la puesta en marcha y consolidación de sus proyectos empresariales.

  

La Agencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende", en aplicación de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, ha elaborado las siguientes:

 

BASES

 

PRIMERA.- Objeto y ámbito de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene como objeto que la Agencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende" constituya una "Bolsa de Proyectos Empresariales" y proceda a la selección de aquellos 28 que obtengan la mayor puntuación, según el baremo establecido en el Anexo II de la presente convocatoria, autorizándoles al uso de las oficinas/despachos ubicados en el vivero de Vicálvaro, para lo cual, se ponen a disposición 28 oficinas/despachos, condicionado a la existencia de vacantes en el vivero, para el establecimiento, arranque y consolidación de empresas de nueva o reciente creación.

 

SEGUNDA.- Beneficiarios.

Tendrán la consideración de candidatos para al uso de las oficinas/despachos, aquellas personas físicas o jurídicas con proyectos de creación de negocio y/o las empresas en funcionamiento que cumplan los siguientes requisitos previos, y cuyo proyecto empresarial o plan de negocio sea considerado viable económica y técnicamente por "Madrid Emprende", según la baremación establecida en la presente convocatoria:

 

Son requisitos previos:

 

1.- El vivero estará destinado:

a) A empresas de nueva o reciente creación, con una antigüedad máxima del negocio 24 meses a contar desde el inicio de la actividad hasta la fecha de presentación de la solicitud, y que tengan un proyecto empresarial a desarrollar en la Comunidad de Madrid.

 

A estos efectos, se tomará como fecha de inicio de la actividad la declarada en el modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, si hubiera varias altas y bajas, se considerará la primera; y, para el caso de personas físicas, la fecha de inicio de actividad declarada en el modelo 036 o 037 y la de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, que deben ser coincidentes. Se prestará especial atención a la comprobación de la antigüedad del negocio declarado.

 

En el caso de personas físicas se entiende que el inicio de actividad se refiere a un epígrafe determinado del IAE.

 

b) A proyectos empresariales promovidos por personas o grupos de personas no constituidas como empresas, pero que en el plazo de un mes desde la notificación de la Resolución favorable del Gerente de "Madrid Emprende" sobre autorización de uso de oficinas, presenten justificación de inicio de actividad, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

 

2.- Las empresas candidatas a las que se refiere el apartado 1.a) anterior deberán ser pymes, según los criterios establecidos por la Consejería de Economía y Consumo de la Comunidad de Madrid y, en ningún caso, deberán estar participadas en su capital por una sociedad, sea cual sea su régimen jurídico.

 

3.- Deberán contar con un Plan de Empresa que garantice la permanencia y estabilidad en el empleo y desarrolle actividades que se consideren compatibles con las características físicas del vivero o con el fin al que está destinado.

 

TERCERA.- Actividades y proyectos excluidos.

Estarán expresamente excluidos para su alojamiento en las oficinas/despachos del vivero todas aquellos proyectos y actividades que no sean administrativos y de prestación de servicios, así como cualquier negocio que perjudique el medio ambiente o el entorno local.

 

Los criterios que darán lugar a la exclusión del proceso selectivos son los siguientes:

- Empresas no viables técnica y/o económicamente.

- Empresas no independientes de conformidad a lo dispuesto en la base segunda.2. Asimismo, si la empresa o proyecto se hallare participado por una pyme en más del 25 por ciento de su capital.

- Actividades excluidas de conformidad a lo dispuesto en el encabezamiento de esta base.

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