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BOAM nº 10128 (19/05/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

1877

Decreto de 13 de mayo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se dispone la rectificación de los errores materiales detectados en el Decreto de 23 de marzo de 2026 por el que se aprueban las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

Por Decreto de 23 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, publicado en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 10.093, de 25 de marzo de 2026, se aprobaron las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

 

Advertido error material en la Base 4.1.2.2, en la Base 5.2.2.2 y en el Tema 16 del Grupo II del programa recogido en el Anexo I, en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a cuyo tenor éstas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en su actos, procede la rectificación del Decreto de 23 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, a propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Rectificar los errores materiales advertidos en el Decreto de 23 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, publicado en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 10.093, de 25 de marzo de 2026, por el que se aprueban las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Transporte Sanitario para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid, en los términos que se indican a continuación:

 

Uno.- En el segundo párrafo, in fine, de la Base 4.1.2.2, donde dice:

 

"(…). Tras finalizar el recorrido, embarcará una camilla con un maniquí en una unidad asistencial elevada".

 

Debe decir:

 

"(…). Tras finalizar el recorrido, embarcará una camilla con un maniquí en una unidad asistencial elevada. Podrá realizar dos intentos".

 

Dos.- En el segundo párrafo, in fine, de la Base 5.2.2.2, donde dice:

 

"(…). No completen el embarque de la camilla con maniquí en la unidad asistencial en un solo intento".

 

Debe decir:

 

"(…). No completen el embarque de la camilla con maniquí en la unidad asistencial en dos intentos".

 

Tres.- Tema 16 del Grupo II del programa recogido en el Anexo I, donde dice:

 

"16. Aspectos ético-legales de la asistencia de emergencias. Registros. El informe asistencial. Procedimiento de cumplimentación del informe de asistencia de SVB SAMUR-Protección Civil. Ley 41/2022, de 14 de noviembre básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: Derecho a la información sanitaria. El derecho a la intimidad. El respeto de la autonomía del paciente. El consentimiento informado".

 

Debe decir:

 

"16. Aspectos ético-legales de la asistencia de emergencias. Registros. El informe asistencial. Procedimiento de cumplimentación del informe de asistencia de SVB SAMUR-Protección Civil. Ley 41/2002, de 14 de noviembre básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: Derecho a la información sanitaria. El derecho a la intimidad. El respeto de la autonomía del paciente. El consentimiento informado".

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó el decreto en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8, 14.1. 2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia).

 

II.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 13 de mayo de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

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