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BOAM nº 6726 (27/07/2012)
Madrid Salud

1534

Resolución de fecha 25 de julio de 2012 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la Encomienda de la Gestión del depósito de medicamentos de SAMUR-Protección Civil al Servicio de Farmacia del Organismo Autónomo Madrid Salud durante el año 2013.

Al haberse suscrito, con fecha 19 de julio de 2012, Encomienda de la Gestión del depósito de medicamentos de SAMUR-Protección Civil al Servicio de Farmacia del Organismo Autónomo Madrid Salud de conformidad con el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la siguiente Resolución.

 

REUNIDOS

 

De una parte, D.ª Fátima Núñez Valentín, Concejala del Área Delegada de Seguridad y Emergencias por Decreto de la Alcaldesa de Madrid, de 29 de marzo de 2012 (BOCM de 2 de abril de 2012), según lo dispuesto en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 26 de enero de 2012, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

 

De otra D. Antonio Prieto Fernández, Gerente del Organismo Autónomo "Madrid Salud" en representación de dicho organismo, en virtud de Decreto de Suplencia del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad, de 12 de marzo de 2012, así como lo establecido en el artículo 15 de los Estatutos de Madrid Salud, aprobados por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 19 de noviembre de 2004 (BOCM de 16 de diciembre de 2004).

 

EXPONEN

 

Primero: Que SAMUR-Protección Civil, de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad precisa contar, para el ejercicio de su actividad diaria, con el adecuado suministro de medicamentos. Para ello, desde el año 2002, SAMUR-Protección Civil contaba con la consideración de depósito de medicamentos en su sede de la plaza de Legazpi, instrumentado a través de autorización al efecto de la Comunidad de Madrid, debiendo adscribirse dicho depósito bien a una oficina de farmacia o a un servicio de farmacia autorizado, en cumplimiento de las exigencias legales.

 

Segundo: Que Madrid Salud, Organismo Autónomo adscrito al Área Delegada de Seguridad y Emergencias, cuenta con un servicio de farmacia, acreditado, ubicado en la calle Montesa, n.º 22 de Madrid, obtenido al amparo de lo dispuesto en el Decreto 110/1997, de 11 de septiembre, sobre Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad de Madrid. Asimismo entre sus competencias figura la dirección, gestión, supervisión y evaluación de las actividades preventivas sanitarias y asistenciales de los centros y establecimientos sanitarios de competencia municipal, resolución de las cuestiones relacionadas con el desarrollo de sus actividades, coordinándolas entre sí y con las acciones de salud a cargo de las Entidades Públicas y Organismos Autónomos que ejercen funciones asistenciales, de acuerdo con la normativa que en todo momento establezca el órgano planificador del Estado y prevea la Ley General de Sanidad y el resto de la normativa aplicable.

 

Tercero: Que con motivo del traslado de las dependencias, desde Legazpi a Ronda de las Provincias, en la Casa de Campo, se gestionó ante la Comunidad de Madrid que el depósito de medicamentos de Ronda de las Provincias fuera encomendado al Servicio de Farmacia de Madrid Salud, sito en la calle Montesa, n.º 22, idea esta indicada por los servicios responsables de la Comunidad de Madrid, en aras de una mayor eficiencia, al existir ya, dentro del Área Delegada de Seguridad y Emergencias, un servicio de farmacia acreditado por la Comunidad de Madrid.

 

Cuarto: Que tanto Madrid Salud como la entonces Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad y los servicios de SAMUR-Protección Civil consideraron positiva la solución ofrecida por la Comunidad de Madrid, en la medida en que favorece la coordinación de ambos servicios mejorando así la eficiencia de ambos, razón por la cual, en fecha 25 de mayo de 2007, se suscribió el primer Acuerdo de Encomienda de Gestión, con vigencia durante el ejercicio 2007, a través de la cual se adscribió el depósito de medicamentos de SAMUR al Servicio de Farmacia de Madrid Salud. Este acuerdo fue renovado para los ejercicios 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 pretendiéndose su renovación para 2013.

 

Quinto: Que la adscripción del depósito de medicamentos de SAMUR al Servicio de Farmacia de Madrid Salud conlleva que los aprovisionamientos de medicamentos de uso por SAMUR se realicen por Madrid Salud.

 

Por todo lo expuesto, y dada la finalización, el 31 de diciembre de 2012, de la vigencia del Acuerdo de Encomienda de Gestión, suscrito el 10 de junio de 2011, y a fin de dar continuidad a la misma durante el ejercicio 2013, se tramita la suscripción de la presente encomienda de gestión con arreglo a las siguientes:

 

ESTIPULACIONES

 

PRIMERA: Objeto del Acuerdo.

El objeto del presente Acuerdo es la encomienda de la gestión del depósito de medicamentos de SAMUR-Protección Civil al Servicio de Farmacia del Organismo Autónomo Madrid Salud, durante el ejercicio 2013.

 

SEGUNDA: Obligaciones de las partes.

Madrid Salud llevará a cabo las siguientes actuaciones:

- Suministro, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Real Decreto Legislativo 30/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de los medicamentos que SAMUR-Protección Civil precisa anualmente en su actividad diaria. Para ello Madrid Salud tramitará los expedientes de contratación que procedan, debiendo SAMUR determinar los medicamentos, número de unidades, precios y características de los mismos que Madrid Salud debe adquirir, con la suficiente antelación para la correcta tramitación del expediente.

Si como consecuencia de los procesos de licitación resultaran bajas, éstas serán destinadas por Madrid Salud a incrementar los aprovisionamientos a SAMUR-Protección Civil, siempre de acuerdo con las necesidades planteadas por SAMUR.

- Supervisión y control, por parte de la farmacéutica titular del servicio de farmacia, del depósito de medicamentos de SAMUR-Protección Civil en Ronda de las Provincias, así como recepción de los medicamentos destinados a SAMUR-Protección Civil.

SAMUR-Protección Civil llevará a cabo las siguientes actuaciones:

- Apoyo, por parte del personal de farmacia con que cuenta SAMUR-Protección Civil para la gestión del depósito de medicamentos por parte de Madrid Salud. Para este fin SAMUR aportará al Servicio de Farmacia de Madrid Salud, durante todo el periodo de vigencia de la presente encomienda, un licenciado en Farmacia, alternando semanalmente tres y dos días laborables por semana, en turno de mañana a jornada completa.

 

TERCERA: Presupuesto.

El Presupuesto de las actuaciones objeto de la encomienda de gestión para 2013 asciende a 199.689,3537 euros, incluido IVA (4%), cantidad que se encuentra presupuestada en la partida 508/032/313.20/221.06 "Productos farmacéuticos y material sanitario" del programa "Salud Pública" del Anteproyecto de Presupuestos para 2013 del Organismo Autónomo "Madrid Salud", habiéndose detraído dicha cuantía del Anteproyecto de Presupuestos del programa correspondiente a SAMUR-Protección Civil.

 

CUARTA: Comité Mixto de Seguimiento.

Las partes constituirán un Comité Mixto de Seguimiento que asegure el buen fin de lo determinado en este acuerdo. Dicho Comité estará constituido por, al menos, un representante designado por cada una de las partes.

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