Saltar navegación

BOAM nº 6566 (05/12/2011)
Informática del Ayuntamiento de Madrid

2403

Resolución de 1 de diciembre de 2011 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se conceden ayudas de estudios para la formación de los hijos, curso 2010/2011.

El Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2008-2011, establece, en su artículo 31, la ayuda de estudios para la formación de los hijos.

 

Las bases que regulan esta ayuda fueron publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 31 de enero de 2011, por Resolución de la Directora General de Relaciones Laborales de fecha 24 de enero de 2011.

 

Examinadas las solicitudes presentadas para el curso 2010/2011 por el personal de este Organismo y comprobado que cumplen los requisitos exigidos, el Gerente del mismo, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 15.1,k) de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en la redacción dada a los mismos por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha de 31 de enero de 2008 (BOAM del 7 de febrero de 2008),

 

RESUELVE

 

Conceder, de forma individualizada, 172 ayudas de estudios para la formación de los hijos, curso 2010/2011, a los trabajadores del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid que se relacionan en el presente expediente y por el importe individual que a cada uno se especifica.

 

Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios ubicado en la calle Albarracín, 33, planta baja y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

 

Madrid, a 1 de diciembre de 2011.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Jorge García Reig.

Subir Bajar