BOAM nº 9217 (07/09/2022)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
2533
Acuerdo de 1 de septiembre de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la redacción, planificación y ejecución del proyecto de adecuación y acondicionamiento del área situada entre el cerramiento del ferrocarril y el cerramiento de la avenida de la Victoria, y se delegan en la Concejala Presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca.Desde el Distrito de Moncloa-Aravaca se quiere realizar una serie de obras por razones de mejora de la accesibilidad, ornato y adecuación a las necesidades de la ciudadanía, estando planteada para su ejecución este año 2022.
Las actuaciones que se plantean para su ejecución son obras completas en sí mismas y que permitirían la inmediata utilización de esos espacios, y consisten en la demolición del cerramiento colindante con la acera, embellecimiento de la superficie de la franja interior mediante la instalación de árido decorativo, e instalación de espalderas colindantes con la valla de Adif para plantación de especies trepadoras e instalación de acometida y red de riego, todo ello en el área situada entre el cerramiento del ferrocarril y el cerramiento de la avenida de la Victoria, entre los números 32 y 70.
De conformidad con el apartado 8.º 1.2 a) y h), y 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, corresponden a la Dirección General de Conservación de Vías Públicas las competencias de renovar y reparar los pavimentos del viario y espacios públicos municipales, excepto los comprendidos en otros terrenos dotacionales y los integrados en los grandes parques, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos, así como realizar su conservación y mantenimiento en coordinación con los mismos; ejecutar los proyectos en materia de movilidad relativos a actuaciones menores en vías públicas; y redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas, y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
Asimismo, según lo dispuesto en el apartado 9.º 1.4 a) y d) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente, por una parte, para proteger, conservar, mejorar y restaurar los espacios que figuran en la relación de zonas verdes y espacios ajardinados de conservación municipal, así como el arbolado de alineación, el arbolado viario y la jardinería y plantaciones de las redes supramunicipales que hayan sido cedidas al Ayuntamiento de Madrid; y por otra parte, para renovar, reparar y conservar las redes de riego, hidrantes, bocas de riego tanto en vía pública como en zonas verdes, parques y viveros municipales, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole social, técnica y económica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por el propio distrito.
Dichas razones se derivan, en primer lugar, de la mayor cercanía del distrito con sus vecinos, lo que le permite un conocimiento más certero de las necesidades reales y, en segundo lugar desde el punto de vista técnico, de la mayor celeridad en la ejecución de la obra, que puede llevarse a cabo a través del vigente Acuerdo Marco de las obras de reforma , reparación y conservación del conjunto de edificios y espacios públicos, cuya competencia corresponde al Distrito de Moncloa Aravaca, que posibilita la ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado, en un procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación.
Finalmente, desde el punto de vista económico, el distrito de Moncloa-Aravaca dispone, dentro del presupuesto ordinario, de financiación para poder ejecutar las actuaciones descritas en el presente ejercicio 2022.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.º 1.2 a) y h), y 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; y en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.º 1.4 a) y d) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, y que tales competencias sean posteriormente delegadas en la Concejala Presidenta de Distrito de Moncloa Aravaca, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la renovación y mejora del emplazamiento anteriormente indicado.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos y del titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid 1 de septiembre 2022,
ACUERDA
PRIMERO.- Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.º 1.2 a) y h), y 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; y en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.º 1.4 a) y d) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad; única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos de adecuación y acondicionamiento del área situada entre el cerramiento del ferrocarril y el cerramiento de la avenida de la Victoria, entre los números 32 y 70.
SEGUNDO.- Delegar en la Concejala Presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca las competencias avocadas en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 25 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos.
TERCERO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
CUARTO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
QUINTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
SEXTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
SÉPTIMO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 1 de septiembre de 2022.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.