Saltar navegación

BOAM nº 6382 (02/03/2011)
Distrito de San Blas

461

Resolución de 20 de diciembre de 2010 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se inicia expediente sancionador a la entidad mercantil Razola Olivares Hermanos, S.L., expediente número 117/2010/07325.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de la resolución de inicio del expediente sancionador número 117/2010/07325, nombrando instructor y secretario sujetos ambos al régimen de recusación previsto en el artículo 29 de la citada ley, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas, avenida de Arcentales, 28.

 

Referencia: 117/2010/07325.

Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de San Blas.

Emplazamiento: Calle Albasanz, 55 (bar restaurante Casa Gonzalo).

Interesado: Razola Olivares Hermanos, S.L.

Hechos denunciados: Carecer de cartel identificativo y ejercer una actividad distinta a la autorizada.

Norma infringida: Por carecer de cartel identificativo se infringe el artículo 7 del Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones de la Comunidad de Madrid y el artículo 13 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid; y por ejercer una actividad distinta de la autorizada se infringe el artículo 204.3 a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Calificación de la infracción: Grave, por carecer de cartel identificativo, según el artículo 38.16 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid; y por ejercer una actividad distinta de la autorizada falta leve, según el artículo 207 a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid

Sanción prevista: Por carecer de cartel identificativo multa comprendida entre 3.006,00 y 30.050,00 euros, según el artículo 41.2 a) de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid; y por ejercer actividad distinta de la autorizada multa de 600,00 a 30.000,00 euros, según el artículo 207 a) de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Fecha de la denuncia: 17 de febrero de 2010, a las 13:30 horas.

Instructor: José Luis de Pablo Trabalón.

Secretario: Alejandro Pérez Correa.

 

Los interesados podrán, durante el plazo de quince días desde la publicación de la presente resolución, formular las alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes (artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid).

 

Madrid, a 20 de diciembre de 2010.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.

Subir Bajar