BOAM nº 9839 (14/03/2025)
Distrito de Usera
1011
Decreto de 11 de marzo de 2025 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera, para la realización de proyectos que supongan complemento y mejora del servicio educativo.PREÁMBULO
El derecho a la educación es reconocido como derecho fundamental en el artículo 27.1 de la Constitución. Como tal derecho fundamental se recoge y desarrolla en la Sección Segunda del Capítulo Segundo del Título primero, gozando de la máxima protección tanto normativa como jurisdiccionalmente. Así mismo, en su artículo 27.4 la Constitución establece la obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza básica.
Las diferentes Leyes Orgánicas de Educación han venido reconociendo la importancia de la formación permanente de los docentes. Actualmente se encuentra en vigor la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, en ella se reconoce la formación permanente como un impulso necesario por parte de las Administraciones mejorando así su calidad.
Asimismo, la Ley Orgánica 3/2020, establece que los centros, en el ejercicio de su autonomía, puedan adoptar innovaciones pedagógicas, programas educativos, entre otras medidas en los términos que las Administraciones establezcan y les posibiliten.
La permanente renovación educativa es consustancial al propio fin de la educación, como mejora constante del sistema educativo en su adaptación permanente a la realidad del alumnado y su entorno. La finalidad de esta convocatoria es colaborar con la Administración Pública competente en Educación, facilitando de forma complementaria los cauces (para la incorporación del profesorado en) para dar lugar a proyectos educativos que promuevan la mejora del servicio educativo en sus centros, a través de proyectos diseñados para cada uno según su especificidad en concreto, desarrollando ámbitos como: convivencia en la comunidad educativa, nuevas tecnologías, brecha digital, actividades artísticas, actividades deportivas, apoyos complementarios en idiomas y áreas instrumentales básicas, actividades complementarias de enriquecimiento para alumnos de alto rendimiento, cuidado del medio ambiente, etc. Estableciendo como eje transversal en todas ellas el fomento de la participación del alumnado, teniendo en cuenta sus diferentes capacidades, intereses y talentos, y bajo los valores de convivencia a partir del respeto a la diversidad.
El Distrito de Usera, a través de su Departamento de Educación, tiene entre sus objetivos prioritarios colaborar y apoyar las medidas que redunden en mejorar la calidad de la respuesta educativa que los centros educativos ofrecen a sus alumnas y alumnos. El fin último, por tanto, de esta convocatoria es colaborar con los citados centros educativos enriqueciendo la calidad de la educación, mediante la implantación de proyectos relacionados con la mejora de la convivencia en la comunidad educativa, las actividades artísticas, tecnológicas, de respeto del medio ambiente, de participación, etc., que ayudarían a compensar los déficits educativos y las carencias que el Distrito de Usera presenta en su población escolar, debido a la alta vulnerabilidad social, cultural y económica de gran parte de la población.
Las subvenciones a centros educativos para la implantación de proyectos que supongan complemento y mejora del servicio educativo constituyen uno de los medios de colaboración con los que el distrito cuenta para mejorar la calidad educativa y promover en los centros educativos de Usera el desarrollo de proyectos que complementen el currículo escolar.
En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (de ahora en adelante, OBRGS), aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013, y actualizada el 13 de diciembre de 2023; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, se propone la convocatoria pública de subvenciones 2025 en régimen de concurrencia competitiva dirigida a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera, para la realización de proyectos que supongan un complemento y mejora del servicio educativo.
Artículo 1.- Objeto y ámbito de la convocatoria.
La Concejala Presidenta del Distrito de Usera, dentro de los créditos consignados en el Presupuesto vigente del Ayuntamiento de Madrid para el año 2025 convoca la concesión de subvenciones a favor de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera, para la realización de proyectos que supongan un complemento y mejora del servicio educativo.
Se designa como órgano instructor para la presente convocatoria, de conformidad con el artículo 25 de la OBRGS a la Coordinación del Distrito, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. Asimismo, podrá pedir cuantos informes estime necesarios para resolver o que sean exigidos por las normas que regulan la subvención.
El Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027 se estructura a través de cuatro elementos jerárquicos: 1) Objetivos estratégicos, 2) Líneas de subvención, 3) Objetivos específicos y 4) Actuaciones, que permiten unificar la diversidad de la actividad subvencional del Ayuntamiento en una estructura homogénea. Esta convocatoria corresponde siguiendo esta estructura a lo siguiente:
1.- Objetivo estratégico 3 "Garantizar el bienestar social de los madrileños", se encuentra alineado con el Eje 3 del Plan Estratégico de la Ciudad de Madrid denominado "Madrid, una ciudad para las familias".
2.- Línea de subvención 6 Apoyar el bienestar, el desarrollo y la inclusión de la infancia y la juventud.
3.- Objetivo específico 21 Apoyar a las familias en la crianza y educación de sus hijos.
4.- Actuaciones: Código de la actuación: 207. Financiación de proyectos educativos que supongan un complemento y mejora del servicio educativo.