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BOAM nº 9756 (11/11/2024)
Distrito de Villaverde

3865

Decreto de 5 de noviembre de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Villaverde por el que se hace pública la relación de subvenciones del año 2024 concedidas en base a la convocatoria para el Fomento del Asociacionismo aprobada por Decreto de fecha 19 de abril de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Villaverde.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, en consonancia con el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se hace pública la relación de las subvenciones del año 2024, concedidas mediante Decreto del Concejal Presidente del Distrito de Villaverde de fecha 5 de noviembre de 2024, en relación a la convocatoria para el Fomento del Asociacionismo aprobada por Decreto del Concejal Presidente del Distrito de Villaverde de fecha 19 de abril de 2024:

 

DISPONGO

 

"PRIMERO.- Conceder a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I las subvenciones que en el mismo se especifican con expresión de su cuantía y de la denominación del proyecto o actividad.

 

Las actividades a realizar por los beneficiarios son las propuestas por los mismos en sus solicitudes.

 

SEGUNDO.- Aprobar de manera definitiva la relación ordenada de las entidades suplentes, Anexo II.

 

TERCERO.- Desestimar a los solicitantes que se relacionan en el Anexo III con expresión de la causa de desestimación.

 

CUARTO.- Redistribuir el crédito destinado a esta convocatoria, una vez atendidas las solicitudes que cumplen los requisitos administrativos y técnicos, de la partida 001/217/924.01/789.01 "Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro" por importe de 5.413,11 euros, a la partida 001/217/924.01/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro", destinando 3.820,15 euros a gastos de funcionamiento y alquiler de sede social y otros espacios; y 1.592,96 euros a la modalidad de proyectos. Solicitud que ha sido admitida por unanimidad de los miembros de la Comisión de Valoración; en virtud de lo establecido en el punto 18.4 de las bases de la convocatoria "la comisión de valoración queda facultada para adoptar cuantas decisiones considere pertinentes, a la vista de las solicitudes para la modalidad de gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios, así como de las solicitudes que se presenten a la modalidad de proyectos, en orden a una distribución eficaz de los créditos presupuestarios y con el fin de garantizar, en lo posible, la ejecución total del gasto".

 

QUINTO.- Comprometer un gasto por el importe de las subvenciones concedidas que asciende a 185.000,00 euros, imputables a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

 

. Modalidad de Proyectos: 166.592,96 euros.

. Modalidad de Gastos de funcionamiento y alquiler de sede social y otros espacios: 13.820,15 euros.

 

001/217/92401/48901. "Participación Ciudadana y Voluntariado. Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro".

 

. Modalidad de Gastos de adquisición de equipamiento, mobiliario y equipos informáticos: 4.586,89 euros.

 

001/217/92401/78901. "Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro".

 

Este decreto se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica https://sede.madrid.es. De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas - BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Igualmente, se dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad por lo establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa".

 

Madrid, 5 de noviembre de 2024.- El Concejal Presidente del Distrito de Villaverde, Orlando Chacón Tabares.

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