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BOAM nº 9760 (15/11/2024)
Distrito de Latina

3928

Decreto de 18 de octubre de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Latina por el que se aprueban las bases que han de regir el XVI Certamen de Villancicos curso escolar 2024/2025 del Distrito Latina.

El Departamento de Educación del Distrito de Latina del Ayuntamiento de Madrid, desde la cercanía y proximidad que ofrece el distrito, planifica actividades destinadas a los centros escolares que complementan la programación educativa que la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social oferta a nivel global al municipio de Madrid.

 

La presente convocatoria se enmarca dentro del objetivo denominado "promover la participación y el desarrollo de la creatividad mediante el fomento de actividades artísticas y la realización de certámenes y concursos escolares", que para su cumplimiento realiza diferentes certámenes a lo largo del curso escolar.

 

El XVI Certamen de Villancicos curso escolar 2024/2025 se convoca con el propósito de poner en valor la formación de agrupaciones vocales, corales en los centros educativos del distrito, como herramienta pedagógica para el desarrollo de la sensibilidad musical.

 

A través de las agrupaciones vocales, corales, el alumnado participante desarrolla además de las habilidades estrictamente musicales otras de igual importancia como: la cohesión grupal, el sentimiento de pertenencia, el trabajo en equipo, la mejora de la autoestima, la autoconfianza…, favoreciendo el desarrollo integral del alumnado y contribuyendo como lugar de encuentro, convivencia e integración, a la educación en valores.

 

Con la finalidad de alcanzar estos objetivos en materia educativa se convoca el XVI Certamen de Villancicos curso escolar 2024/2025, que se regirá por las disposiciones establecidas en esta convocatoria.

 

1. Objeto de la convocatoria.

 

Constituye el objeto de las presentes bases la regulación y la convocatoria del XVI Certamen de Villancicos curso escolar 2024/2025 del Distrito de Latina.

 

2. Régimen jurídico aplicable.

 

2.1. El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, de fecha 30 de octubre de 2013, sobre concesión de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

 

2.2. La financiación de la presente convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 001/210/326.01/482.03 "Servicios complementarios de educación. Premios", del presupuesto municipal de gastos del ejercicio 2025, por un importe de 1.200,00 euros.

 

2.3. De conformidad con el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sobre convocatoria de subvenciones por tramitación anticipada, la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la misma.

 

2.4. La concesión del premio no podrá ser en ningún caso antes del día 31 de enero de 2025.

 

3. Centros escolares destinatarios.

 

Podrán participar los centros escolares públicos, concertados y privados del Distrito de Latina que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Básica Obligatoria.

 

4. Requisitos.

 

4.1. Cada centro escolar podrá presentar a concurso un único coro que deberá interpretar un villancico libre.

 

4.2. El alumnado participante, deberá cursar estudios de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Básica Obligatoria en los centros escolares del Distrito de Latina, según el punto 3 de las presentes bases.

 

4.3. El Villancico propuesto deberá incluir letra inédita que promueva valores como la solidaridad, la igualdad, el respeto a la diversidad, la tolerancia o el cuidado del medio ambiente.

 

4.4. La interpretación del villancico no podrá exceder de cinco minutos.

 

4.5. La agrupación estará formada por un máximo de 50 voces.

 

5. Presentación de solicitudes.

 

5.1. Cada centro escolar podrá inscribir al certamen un único coro.

 

5.2. El modelo de solicitud podrá obtenerse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

 

5.3. Modo de presentación: las solicitudes junto con los anexos y documentación exigida deberán presentarse electrónicamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es., de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 a) de la LPAC, debiendo utilizarse para ello alguno de los certificados electrónicos admitidos.

 

5.4. Plazo de presentación: las solicitudes de participación podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y hasta el día 29 de noviembre de 2024, incluido.

 

5.5. En el formulario de solicitud, en el apartado relativo a los datos del centro, deberá constar la denominación completa que coincida con la razón social del centro de que se trate. En la casilla relativa a nombre deberá figurar el que reciba el centro escolar. En el caso de que no existiere coincidencia entre la razón social y el nombre del centro, se acompañará la documentación justificativa suficiente que permita conocer su vinculación.

 

5.6. En el apartado relativo a los datos del coro, deberá indicarse el nombre del coro, los datos de la persona responsable, el número total de alumnado que lo componen (desagregado por sexo), el curso o cursos de la etapa educativa al que pertenecen y el título del villancico libre a interpretar.

 

5.7. Dentro del apartado relativo a las necesidades técnicas, los centros participantes podrán añadir las que estimen para la actuación: micrófonos, ambiente, audio, atriles, etc.

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