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BOAM nº 9818 (13/02/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

556

Resolución de 10 de febrero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueban las bases por las que se regirán los procesos selectivos para la adquisición de la condición de funcionario/a de carrera por el personal laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 8307, de 2 de enero de 2019), las bases por las que se regirán los procesos selectivos para la adquisición de la condición de funcionario/a de carrera por el personal laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos fueron sometidas a la consideración de la Mesa General de Empleo del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en sus reuniones de 22 de mayo, 19 y 23 de diciembre de 2024.

 

En virtud de las competencias atribuidas en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023)

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar las bases que regirán los procesos selectivos para la adquisición de la condición de funcionario/a de carrera por el personal laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

 

Dichas bases figuran como anexo a la presente resolución.

 

SEGUNDO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

TERCERO.- Las presentes bases serán de aplicación a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el/la interesado/a ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 10 de febrero de 2025.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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