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BOAM nº 6349 (14/01/2011)
Madrid Salud

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Resolución de 10 de enero de 2011 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se deniegan Ayudas de Educación Infantil para hijos de los trabajadores de este Organismo. Curso 2009/2010.

El Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2008-2011 establece, en el artículo 28, la Ayuda de Educación Infantil.

 

Las bases que regulan esta ayuda fueron publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 2 de febrero de 2010 por Resolución de la Directora General de Relaciones Laborales de fecha 22 de enero de 2010.

 

Examinadas las solicitudes presentadas para el curso 2009/2010 por los trabajadores del Organismo Autónomo Madrid Salud y comprobado que no cumplen los requisitos exigidos y, en virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia

 

RESUELVE

 

Primero.- Denegar de forma individualizada 7 Ayudas de Educación Infantil para hijos de los trabajadores del Organismo Autónomo Madrid Salud, curso 2009/2010.

 

Segundo.- Ordenar la exposición en el tablón de anuncios ubicado en la Oficina de Registro del Organismo Autónomo Madrid Salud, calle Juan Esplandiú, 11, planta baja, y en la intranet municipal Ayre, con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la relación de solicitantes a los que se les deniega la Ayuda de Educación Infantil para hijos de los trabajadores del Organismo Autónomo Madrid Salud, curso 2009/2010.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa los interesados podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

 

Madrid, a 10 de enero de 2011.- El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, José Manuel Torrecilla Jiménez.

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