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BOAM nº 10120 (06/05/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

1686

Resolución de 4 de mayo de 2026 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se desestima la solicitud de un aspirante de exención de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo para la provisión de 30 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de promoción interna independiente.

Mediante Decreto de 31 de octubre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, publicado en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.503, de 3 de noviembre de 2023, rectificadas posteriormente mediante Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias de fecha 20 de noviembre de 2023, publicado en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.515, de 22 de noviembre de 2023, se aprobaron las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de promoción interna independiente.

 

El apartado 4 de las mencionadas bases establece lo siguiente:

 

"De conformidad con el artículo 7 del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, los/las aspirantes que hubieran superado alguna o todas las pruebas en la anterior convocatoria, pero no hubieran aprobado el proceso selectivo por no haber alcanzado méritos suficientes, quedarán exentos/as de la realización de dichas pruebas en esta convocatoria, salvo el reconocimiento médico que deberá ser realizado aunque se hubiera superado en la convocatoria anterior.

 

Los/las aspirantes que deseen optar por la exención de la realización de la prueba o las pruebas superadas deberán hacerlo constar expresamente en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

 

Sin perjuicio de lo anterior, los/las aspirantes que hubieran aprobado alguna de las pruebas, podrán optar por su repetición, en cuyo caso se estará a la calificación obtenida en esta última convocatoria.

 

No obstante, la exención de la realización de las pruebas superadas se limitará a la convocatoria inmediatamente posterior y siempre que no hayan transcurrido más de tres años entre las fechas de publicación en el BOE de las respectivas convocatorias y que el contenido del temario, los ejercicios y su modo de calificación sean similares".

 

Mediante Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de fecha 15 de octubre de 2025, publicada en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.987, de 17 de octubre de 2025, fueron convocadas 30 plazas para el acceso a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, por el sistema de promoción interna independiente.

 

El día 23 de abril de 2026 se ha publicado en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 10.112, y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid, anuncio del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo, por el que se convoca a los aspirantes admitidos a la realización del primer ejercicio de la fase de oposición (pruebas culturales) el próximo día 27 de mayo de 2026.

 

Una vez revisadas las instancias de participación se constata que 19 aspirantes, entre los que se halla incluido D. Emilio Cid de la Fuente, han solicitado la exención del primer ejercicio (pruebas culturales) de la fase de oposición, al amparo de lo establecido en el artículo 7 del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, por haber superado dicha prueba en el proceso selectivo inmediatamente anterior convocado en el año 2023.

 

Asimismo, tras la comprobación de tal circunstancia, a la vista del listado de aspirantes que superaron el primer ejercicio (pruebas culturales) en la anterior convocatoria, publicado el 20 de mayo de 2024 en el Tablón de Edictos y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, se constata que D. Emilio Cid de la Fuente no figura en dicho listado.

 

Corresponde al Coordinador General de Seguridad y Emergencias convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de Policía Municipal, a propuesta del Director General de Policía Municipal, y sin perjuicio de las competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

A la vista de la propuesta formulada con fecha 27 de abril de 2026 por el Director General de Policía Municipal y en uso de las competencias que me atribuye el mencionado Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 29 de junio de 2023,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Desestimar la solicitud de exención de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas para la provisión, por el sistema de promoción interna independiente, de 30 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, convocadas mediante Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de fecha 15 de octubre de 2025 («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.987, de 17 de octubre), formulada por D. Emilio Cid de la Fuente, con DNI núm. ***3152**, al no haber superado dicha prueba en el proceso selectivo inmediatamente anterior.

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), artículos 8, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia).

 

II.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPACAP).

 

Madrid, a 4 de mayo de 2026.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, Jesús Gil Martín.

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