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BOAM nº 7553 (04/12/2015)
Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias

2205

Decreto de 23 de noviembre de 2015 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias por el que se aprueban las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Médico de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil.

Por la Dirección General de Emergencias y Protección Civil se ha formulado propuesta de aprobación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Médico de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil.

 

La propuesta se realiza de conformidad con lo establecido en el apartado 6.4 de las bases generales aprobadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 23 de abril de 2009 y lo establecido en la base primera de las bases específicas que rigen las pruebas selectivas de referencia.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias la competencia para gestionar las convocatorias de selección de personal de las categorías propias de SAMUR-Protección Civil de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2.1 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.

 

Por lo expuesto,

 

DISPONGO

 

Primero.- Estimar las reclamaciones presentadas a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Médico de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid, para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil, que se relacionan en el Anexo I, al haber acreditado estar en posesión de todos los requisitos exigidos, subsanando así el motivo de su exclusión en el plazo establecido.

 

Segundo.- Incluir en la lista de admitidos y excluidos a la aspirante que se relaciona en el Anexo II, al haberse detectado error en el motivo de la exclusión.

 

Tercero.- Estimar la reclamación presentada por el aspirante que figura en el Anexo III, al haberse detectado error en la lista provisional de aspirantes admitidos en cuanto a sus datos personales.

 

Cuarto.- Desestimar la reclamación presentada por el aspirante que se relaciona en el Anexo IV, al haber presentado el escrito subsanando el motivo de la exclusión fuera del plazo establecido.

 

Quinto.- Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas por Decreto de 18 de mayo de 2015 del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, para proveer 18 plazas de Médico de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil, que figuran unidas al expediente y que serán expuestas al público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid.

 

Sexto.- El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar el día 19 de febrero de 2016, a las 10:00 horas, en el Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias (CIFSE) (calle Sepúlveda, 153, de Madrid).

 

Séptimo.- Disponer la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid.

 

Octavo.- Las listas definitivas certificadas y completas de aspirantes admitidos y excluidos a este proceso selectivo se encuentran expuestas al público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o de halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58. 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 23 de noviembre de 2015.- El Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, José Javier Barbero Gutiérrez.

 

 

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