BOAM nº 10003 (11/11/2025)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
4144
Acuerdo de 6 de noviembre de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la ejecución de obras de reforma, embellecimiento e integración ambiental de la rotonda del barrio de Valdemarín situada en la intersección de la avenida de Valdemarín con calle del Valle de Toranzo, y se delegan en el Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca.Desde el Distrito de Moncloa-Aravaca está previsto realizar una serie de actuaciones de mejora consistente en la redacción, planificación y ejecución de las obras de reforma, embellecimiento e integración ambiental de la rotonda del barrio de Valdemarín situada en la intersección de la avenida de Valdemarín con la calle del Valle de Toranzo, que forma parte de la Red Básica de Transportes.
La actuación principal del citado proyecto consiste en la ejecución de cimentaciones para la instalación de un mástil de 18 metros de altura con bandera institucional de España de 37 m2 (500 x 750 cm), peana de muro de ladrillo sobre el que se instalará corpóreo de letras identificativas del barrio de Valdemarín, iluminación de las letras, embellecimiento de la superficie de la franja interior mediante la instalación de árido decorativo, plantas ornamentales, franjas de césped e instalación de acometida y red de riego.
El coste de esta actuación se estima en un importe total de 95.000 euros, IVA incluido, y el distrito dispone de partida presupuestaria para su ejecución.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 8.º 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de Vías Públicas es competente para redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
Por su parte, conforme a lo dispuesto en el apartado 19.º 1.4.a) y d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente, por una parte, para proteger y conservar, mejorar y restaurar los espacios que figuran en la relación de Zonas Verdes y Espacios Ajardinados de Conservación Municipal, así como el arbolado de alineación, el arbolado viario y la jardinería y plantaciones de las redes supramunicipales que hayan sido cedidas al Ayuntamiento de Madrid, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos; y por otra parte, para conservar y mantener las fuentes ornamentales en los parques históricos, singulares y forestales, así como renovar, reparar y conservar las redes de riego, hidrantes, bocas de riego y fuentes no ornamentales en todos sus elementos, ubicadas tanto en vía pública como en zonas verdes, parques y viveros municipales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole social y técnica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por el propio distrito.
En cuanto a la razón de carácter social, esta tiene como base la mayor cercanía del distrito con sus vecinos, lo que le permite un conocimiento más certero de las necesidades reales. Por lo que a la razón de carácter técnico se refiere, la avocación se justifica una mayor celeridad en la ejecución de esta obra, que puede llevarse a cabo a través del vigente Acuerdo Marco de las Obras de Reforma, Reparación y Conservación del Conjunto de Edificios y Espacios Públicos cuya competencia corresponde al Distrito de Moncloa-Aravaca, que posibilita la ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado, en un procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación, favoreciendo la eficacia y eficiencia administrativa.
Para que las actuaciones se realicen por el distrito resulta necesario que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas conforme al apartado 8.º 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, y en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes conforme al apartado 19.º 1.4.a) y d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y que tales competencias sean posteriormente delegadas en el Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras de reforma, embellecimiento e integración ambiental de la rotonda del barrio de Valdemarín situada en la intersección de la avenida de Valdemarín con la calle del Valle de Toranzo.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos y del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 6 de noviembre de 2025,
ACUERDA
PRIMERO.- Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.º 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, y en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 19.º 1.4.a) y d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras de reforma, embellecimiento e integración ambiental de la rotonda del barrio de Valdemarín situada en la intersección de la avenida de Valdemarín con la calle del Valle de Toranzo.
SEGUNDO.- Delegar en el Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca las competencias avocadas en el apartado primero.