BOAM nº 9901 (17/06/2025)
Agencia para el Empleo de Madrid
2433
Resolución de 16 de junio de 2025 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 4 de junio de 2025 por la que se convoca el concurso general de méritos para la provisión restringida al Ayuntamiento de Madrid de puestos de trabajo FG-AEM-002/2025.Se ha advertido error en la Resolución de 4 de junio de 2025 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se convoca el concurso general de méritos para la provisión restringida de puestos de trabajo FG-AEM-002/2025, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 9 de junio de 2025. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC) se procede a su corrección. En su virtud y en uso de las competencias previstas en los estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid,
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar en el Anexo I, listado de puestos convocados, en el puesto señalado con el número de orden 2, puesto de trabajo 30247959, donde dice calle del Ancora, 41 debe poner calle Amposta, 34.
SEGUNDO.- Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, 17 de junio de 2025. Las instancias que se hubieran presentado dentro del plazo inicialmente previsto continuarán produciendo efectos siempre que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución de rectificación o no se vean afectadas por ella.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la LPAC.
Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
Madrid, a 16 de junio de 2025.- El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, José Aniorte Rueda.