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BOAM nº 10095 (27/03/2026)
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad

1102

Resolución de 26 de marzo de 2026 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 23 de marzo de 2026, por la que se convoca el concurso general de méritos para la provisión restringida al Ayuntamiento de Madrid de puestos de trabajo FG-16-009/2026.

Se ha advertido error en la Resolución de 23 de marzo de 2026 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad por la que se convoca el concurso general de méritos para la provisión restringida de puestos de trabajo FG-16-009/2026, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, número 10094, de 26 de marzo de 2026. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC) se procede a su corrección. En su virtud y en uso de las competencias previstas en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad,

 

                                                           RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el Anexo I Listado de puestos de trabajo en relación con el puesto con número de orden 2, código del puesto 30162917, Responsable de Edificio, dejando sin efecto su convocatoria.

 

SEGUNDO.- Se mantiene el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria, sin perjuicio de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

 

Madrid, a 26 de marzo de 2026.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Ángel Manzano García.

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