BOAM nº 9775 (09/12/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
4310
Decreto de 5 de diciembre de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se aprueban las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de Sargento/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid en la modalidad de prestación de apoyo técnico con responsabilidades como gestor de actividades de la Inspección de Coordinación y Servicios a la Comunidad y como gestor de acciones formativas de la Inspección de Formación.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 del Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 (BOAM núm. 8.307, de 2 de enero de 2019), las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de Sargento/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, en la modalidad de prestación de apoyo técnico, con responsabilidades como gestor de actividades de la Inspección de Coordinación y Servicios a la Comunidad y como gestor de acciones formativas de la Inspección de Formación, fueron sometidas a la consideración de la Mesa General de Negociación de Personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en las sesiones celebradas los días 23 de octubre de 2024 y 4 de diciembre de 2024.
Según lo establecido en el apartado 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, corresponde al Coordinador General de Seguridad y Emergencias «proponer las bases de las convocatorias de selección; así como elevar la propuesta del nombramiento de los miembros de los tribunales y de la resolución de los recursos de alzada que se interpongan contra los actos administrativos dictados por los tribunales de selección de los procesos selectivos del Cuerpo de Policía Municipal, Bomberos y SAMUR-Protección Civil».
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, corresponde la competencia para aprobar las bases de convocatoria de selección del personal del Cuerpo de Bomberos, a la persona que ostente la titularidad del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
En su virtud, a propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de la categoría de Sargento/a, en la modalidad de apoyo técnico con responsabilidades como gestor de actividades de la Inspección de Coordinación y Servicios a la Comunidad y como gestor de acciones formativas de la Inspección de Formación, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, grupo C, subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su disposición transitoria tercera.
Dichas bases figuran como anexo al presente decreto.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).
Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó el decreto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación del presente decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cualquier momento a contar desde el día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (artículo 124 LPAC).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el/la interesado/a ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 5 de diciembre de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.