BOAM nº 6032 (30/09/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
1893
Resolución de 24 de septiembre de 2009 de la Directora General de Relaciones Laborales por la que se deniega la Ayuda de Transporte en metálico, año 2009, a personal municipal del Ayuntamiento de Madrid.El Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2008-2011, establece en su artículo 26, la Ayuda de Transporte en metálico.
Examinadas las solicitudes presentadas por personal municipal del Ayuntamiento de Madrid, y comprobado que no cumplen los requisitos.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 20.1.g) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos,
RESUELVO
Denegar la Ayuda de Transporte en metálico, año 2009, a personal municipal del Ayuntamiento de Madrid que no cumple los requisitos exigidos en el vigente Acuerdo Convenio.
Ordenar la exposición en el tablón de anuncios, ubicado en la Oficina de Registro del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública (Personal) calle Bustamante, 16, planta baja y en la intranet municipal ayre, con fecha de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación de los solicitantes a los que se deniega la Ayuda de Transporte en metálico, por los motivos que para cada uno se especifican.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa los interesados podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Directora General de Relaciones Laborales, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Madrid, a 24 de septiembre de 2009.- La Directora General de Relaciones Laborales, Francisca Segado Álvarez.