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BOAM nº 6302 (02/11/2010)
Agencia de Gestión de Licencias de Actividades

2086

Decreto de 20 de octubre de 2010, del Presidente del Consejo Rector de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades por el que se modifica el Protocolo y Guía Metodológica en materia de urbanismo.

La disposición final primera de la Ordenanza por la que se establece el Régimen de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades de 29 de junio de 2009, habilita al titular del Área de Gobierno u Organismo competente por razón de la materia para aprobar las instrucciones y los protocolos técnicos necesarios para la gestión de las licencias urbanísticas y comunicaciones previas.

En uso de dicha habilitación, mediante Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, de 18 de diciembre de 2009, se aprobó el Protocolo y Guía Metodológica en materia de Urbanismo.

Dicho Protocolo tiene por objeto establecer las instrucciones necesarias para la aplicación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 17 de abril de 1997 y su normativa de desarrollo, de forma que en este ámbito normativo las entidades colaboradoras en la gestión de licencias urbanísticas puedan realizar adecuadamente su función de verificación técnica de las solicitudes de licencias.

Desde la fecha de la aprobación del Protocolo han entrado en vigor diversas disposiciones que inciden en su contenido, entre las que cabe destacar las modificaciones del Código Técnico de la Edificación en lo referente a los Documentos Básicos DB-SI "Seguridad en caso de Incendios" y DB-SUA "Seguridad de Utilización y Accesibilidad".

En consecuencia, resulta necesario adaptar el Protocolo a los recientes cambios normativos, para facilitar que estos puedan ser correctamente aplicados por las entidades colaboradoras. A tal efecto, se adjunta al presente Decreto un texto consolidado, que recoge la redacción resultante del Protocolo como consecuencia de las modificaciones legales descritas.

El artículo 12 f) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, aprobado por Acuerdo del Pleno de 25 de febrero de 2010, atribuye al Presidente del Consejo Rector del Organismo la competencia para dictar los protocolos técnicos, instrucciones y circulares sobre las materias que sean competencia de la Agencia.

 

En su virtud,

 

DISPONGO

 

Primero.- Modificación del Protocolo y Guía Metodológica en materia de Urbanismo.

Aprobar la modificación del Protocolo y Guía Metodológica en materia de Urbanismo consistente en la introducción de los siguientes cambios:

1.- Incorporación, en los bloques correspondientes, de la normativa aprobada con posterioridad a la anterior versión del Protocolo de Urbanismo:

1.1. Apartado 3.2.1. Legislación general:

-  Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

1.2. Apartado 3.2.2. Normativa concreta o de desarrollo:

-  Instrucción de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda sobre el ámbito de aplicación de la Ordenanza por la que se establece el Régimen de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de 14 de abril de 2010).

-  Real Decreto 314/2006, de 17 marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación y sus modificaciones aprobadas y publicadas con posterioridad. Documentos Básicos DB-SI "Seguridad en caso de incendios" y DB-SUA "Seguridad de utilización y accesibilidad", así como aquellos preceptos que puedan resultar de aplicación por regular materias contempladas en las NNUU.

-  Orden 561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios urbanizados.

1.3. Apartado 3.2.3. Normativa particular:

-  Instrucciones para la aplicación de la Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de 15 de febrero 2010).

1.4. Apartado 3.3.1. Normativa sectorial básica:

-  Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 23 de diciembre de 2009, por el que se aprueba la delimitación de áreas acústicas de la ciudad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 14, de 18 de enero de 2010).

-  Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 20 de mayo de 2010, por el que se aprueba el Plan de Acción en Materia de Contaminación Acústica (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 126, de 28 de mayo de 2010).

-  Ordenanza por la que se regula la asignación de un código identificativo a los locales con puerta de calle y a las agrupaciones de locales ubicados en el término municipal de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 107, de 6 de mayo de 2010).

1.5. Apartado 3.3.2.A. Normativa sectorial para uso terciario recreativo:

1.-  Acuerdo de 28 de julio de 2010, del Pleno de Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la modificación de la Ordenanza Reguladora de Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería.

2.- Modificación de la Ficha de Control Nº 2 "Viabilidad del uso", incorporando el uso asociado.

3.- Actualización en las Fichas nº 2 "Viabilidad del uso" y nº 3 "Viabilidad de la obra". Introducción en las situaciones de fuera de ordenación urbanística las referencias al art. 9.1 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, en relación al alcance del deber legal de conservación.

4.- Actualización de las referencias incluidas en las Fichas de Control Nº 5 "Condiciones Generales de la Obra" y Nº 6 "Condiciones particulares de los Usos", al Documento Básico de seguridad de utilización y accesibilidad del Código Técnico de la Edificación, aprobado mediante Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero.

5.- Actualización en las Fichas nº 4 "Condiciones de los ámbitos de las Normas Zonales", nº 5 "Condiciones generales de la Obra", y nº 6 "Condiciones particulares de los Usos" de las remisiones al DB-SU sustituyéndolas por el DB-SUA, incluyendo las referencias al Anejo A de Terminología.

6.- Incorporación de referencias a la Sección SUA 9 Accesibilidad, en apartados anteriormente no recogidos por el DB-SU, y ahora sí específicamente en dicha Sección, como:

·  Aseos accesibles

·  Plazas de aparcamiento accesibles

·  Ascensor accesible

·  Alojamientos accesibles

·  Equipamientos en piscinas

 

Segundo.- Texto consolidado.

El texto íntegro del Protocolo, incluyendo las modificaciones descritas, se adjunta como Anexo al presente Decreto.

 

Tercero.- Efectos.

El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en su página web.

El Anexo del texto consolidado del Protocolo puede consultarse en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.munimadrid.es.

 

Madrid, a 20 de octubre de 2010.- El Presidente de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, Manuel Cobo Vega.

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