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BOAM nº 10120 (06/05/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

1676

Decreto de 20 de abril de 2026 de la titular del Área Delegada de Deporte por el que se establecen los criterios generales de programación de los servicios dirigidos de los centros deportivos municipales.

Mediante Decreto del 26 de abril de 2023 modificado por el Decreto de 16 de enero de 2024 y 2 de abril de 2025, de la titular del Área Delegada de Deporte, se aprobaron los criterios generales de programación de los servicios deportivos dirigidos de los centros deportivos municipales de obligada aplicación en la programación general anual de dichos centros.

 

El Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte establece:

 

1.1. Área Delegada de Deporte.

2. Competencias específicas.

2.1. Desarrolla la política deportiva del Ayuntamiento de Madrid.

2.2. Establecer las líneas generales de actuación, dictar instrucciones y fijar criterios en materia deportiva.

 

Se aprueba el Decreto 57/2024, de 29 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid, en relación con la comunicación previa y los procedimientos de acreditación para el ejercicio de las profesiones del deporte, así como el aseguramiento de la responsabilidad civil por la prestación de servicios deportivos.

 

Además, se siguen produciendo nuevas necesidades en la oferta deportiva municipal.

 

Todo ello aconseja aprobar una regulación actualizada en el marco del servicio deportivo municipal ajustado a las demandas de su contexto de aplicación.

 

Este decreto introduce los siguientes cambios:

 

- Se simplifica el programa de verano.

- Los cursos intensivos de duración determinada pasan a denominarse cursos intensivos especiales. De esta manera su denominación se ajusta a lo establecido en el Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños. Estos mismos cursos intensivos especiales pasan a ser una herramienta más polivalente sobre el que articular la ampliación de la oferta deportiva municipal en los programas deportivos.

- Se flexibiliza y amplía el marco general de aplicación del programa de Ejercicio Físico y Salud.

- Se abren las posibilidades de oferta de actividades denominadas exprés.

- Las sinopsis de las actividades pasan a quedar definidas en el correspondiente manual técnico de configuración de eventos y clases.

- El Ayuntamiento de Madrid sigue ampliando su oferta deportiva a través de la creación de nuevas actividades y programas como el de pabellones escolares y talleres deportivos, renovando convenios de colaboración y adhiriéndose a programas como el Programa de prescripción de actividad física y ejercicio físico en colaboración con Comunidad de Madrid.

 

Los criterios de programación de los servicios dirigidos de los centros deportivos municipales se encuentran recogidos en el Anexo I del presente decreto.

 

Dicho anexo establece ocho tipos de programas, con sus respectivos criterios:

 

- Programa de asesoramiento técnico personalizado (ATP).

- Programa general de clases y escuelas.

- Programa para personas con discapacidad.

- Programa de ejercicio físico y salud.

- Programa familiar - intergeneracional.

- Programa deporte en la calle.

- Programa de verano.

- Programa de servicios dirigidos individuales.

 

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en punto 2.2 del apartado 11.º del el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y a propuesta del Director General de Deporte,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar los criterios generales de programación que se detallan en el anexo I.

 

SEGUNDO.- Establecer la aplicación obligatoria de los criterios establecidos en virtud del presente decreto, para la elaboración y aprobación de las programaciones anuales de servicios deportivos dirigidos de los centros deportivos municipales, sin perjuicio de las especialidades que se determinen en los correspondientes pliegos reguladores de los contratos de gestión indirecta.

 

TERCERO.- A propuesta de las Juntas Municipales de Distrito, y previo informe favorable de la Dirección General de Deporte, o del Área Delegada de Deporte, podrán incorporarse nuevos servicios y actividades no regulados en el presente decreto.

 

CUARTO.- El presente decreto deja sin efecto lo dispuesto en el decreto de la titular del Área Delegada de Deporte por el que se establecen los criterios generales de programación de los servicios dirigidos de los Centros Deportivos Municipales de 26 de abril de 2023.

 

QUINTO.- El presente decreto se publicará en los boletines oficiales correspondientes, el sitio web municipal y en los canales de información establecidos en los centros deportivos municipales, así como en las instalaciones deportivas básicas de acceso controlado que cuenten con medios para ello.

 

Madrid, a 20 de abril de 2026.- La Titular del Área Delegada de Deporte, Sonia Cea Quintana.

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