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BOAM nº 9661 (26/06/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

2203

Resolución de 24 de junio de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se modifica el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 4 plazas de personal funcionario de carrera para acceso a la categoría de Letrado/a Consistorial del Ayuntamiento de Madrid.

El Director General de Planificación de Recursos Humanos con fecha 16 de mayo de 2024 (BOAM núm. 9.634, de 20 de mayo de 2024) dispuso el nombramiento de los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 4 plazas de personal funcionario de carrera para el acceso a la categoría de Letrado/a Consistorial del Ayuntamiento de Madrid, convocadas mediante resolución de 27 de febrero de 2024 (BOAM núm. 9.583, de 1 de marzo de 2024). Dicha resolución se modificó por otra de 29 de mayo de 2024 (BOAM núm. 9.643, de 31 de mayo de 2024).

 

D. José María Segura Grau, vocal titular, y D.ª María Prendes Valle, vocal suplente, han presentado sendos escritos de renuncia por circunstancias personales, habiéndose propuesto, en su sustitución, respectivamente, a D. José Damián Iranzo Cerezo y D. Pablo Álvarez López.

 

En mérito de cuando antecede y en ejercicio de las competencias atribuidas al Director General de Planificación de Recursos Humanos en el apartado 14º 1.2.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOAM núm. 9.419, de 5 de julio 2023),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Modificar la resolución de 16 de mayo de 2024 (BOAM núm. 9.634, de 20 de mayo de 2024) que dispuso el nombramiento del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 4 plazas, de personal funcionario de carrera, correspondientes a la categoría de Letrado/a Consistorial del Ayuntamiento de Madrid, en el siguiente sentido:

 

Nombrar a D. José Damián Iranzo Cerezo vocal titular y a D. Pablo Álvarez López vocal suplente, en sustitución de D. José María Segura Grau y D.ª María Prendes Valle.

 

SEGUNDO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 24 de junio de 2024.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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