BOAM nº 7176 (29/05/2014)
Distrito de Latina
1000
Resolución de 19 de mayo 2014 del Gerente del Distrito de Latina por la que se hacen públicas las bases por las que se ha de regir la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Distrito de Latina para la anualidad 2014.Por Decreto de 19 de mayo de 2014 del Concejal-Presidente del Distrito de Latina se han aprobado las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana para la anualidad 2014.
En el marco establecido por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013; el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por Decreto de 19 de diciembre de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana y en virtud de la competencia que tienen atribuida por Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 24 de enero de 2013, por el que se establece la organización y estructura de los Distritos y se delegan competencias en las Juntas Municipales, en los Concejales Presidentes y en los Gerentes de los Distritos y de conformidad con en el Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, se aprueba la Convocatoria pública para la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del año 2014 en el Distrito de Latina, con arreglo a las siguientes especificaciones:
Artículo 1.- Ámbito y objeto de la convocatoria.
1. El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Latina, dentro de los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Madrid para 2014, convoca la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el año 2014, dirigida a todas las asociaciones de base que tengan su domicilio social en este Distrito y estén inscritas y declaradas de utilidad pública municipal en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la oncesión de Subvenciones.
2. La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
2.1. Modalidad de Proyectos.
Una de las finalidades de esta convocatoria de subvenciones es la promoción de la participación ciudadana y el fomento del asociacionismo a través de proyectos que impliquen participación y que tengan un carácter complementario respecto de los objetivos y competencias municipales, destinados a fortalecer las relaciones entre la entidad y sus asociados, fomentar la incorporación de nuevos socios a las entidades y facilitar la difusión de la entidad y sus actividades en el ámbito del Distrito.
Las entidades que presenten proyectos de estas características deberán acceder a la convocatoria por la modalidad de Proyectos.
2.2. Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales.
Asimismo, otra finalidad de la convocatoria es garantizar la continuidad y el correcto funcionamiento de las asociaciones del Distrito. Las entidades que presenten solicitudes para sufragar gastos de alquiler de sede social y/o adquisición de equipamiento (mobiliario y equipamiento informático para la sede social) accederán a la convocatoria por la modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales.
Artículo 2.- Líneas de actuación
A los efectos previstos en esta convocatoria se valorarán solamente aquellas solicitudes que se encuadren dentro de una de las siguientes líneas de actuación:
Para la modalidad de Proyectos se establecen las siguientes líneas de actuación:
Línea 1.- Fortalecer las relaciones entre la entidad y sus asociados.
Línea 2.- Fomentar la incorporación de nuevos socios a las entidades y facilitar la difusión de la entidad y de sus actividades en el ámbito del Distrito.
Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales se establece la siguiente línea de actuación:
Garantizar la continuidad y el correcto funcionamiento de las asociaciones de los Distritos al sufragar gastos de mantenimiento de sede social y/o adquisición de equipamiento.
Artículo 3.- Modalidad de Proyectos: Efectos que se pretenden conseguir e indicadores de evaluación.
Siguiendo las líneas del Plan Estratégico de Subvenciones, los proyectos, para ser subvencionados, deberán contribuir a los siguientes objetivos operativos, cuyo resultado se estimará con los indicadores de actividad y de resultado definidos para cada uno de ellos.
Línea 1.- Fortalecer las relaciones entre la entidad y sus asociados.
Objetivo Operativo 1.- Promover encuentros con los socios miembros de la entidad, contribuyendo al intercambio de experiencias.
Indicador de actividad:
- Número de horas del encuentro: La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será el porcentaje del resultado de las horas de encuentro efectivamente desarrolladas sobre las inicialmente previstas, esto es: N.º de horas realizadas*100/ N.º de horas previstas inicialmente. La fuente de verificación para este indicador será el programa en el que habrá de constar el número de horas del encuentro, acompañado de certificado sobre la realización de la actividad y sus horas de duración.
Indicador de resultado:
- Grado de satisfacción de los asistentes: Este indicador medirá la satisfacción de los asistentes en una escala de 1 a 10. Ésta será la media aritmética de las valoraciones. La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será el porcentaje del resultado obtenido sobre la previsión inicial, esto es: Grado de satisfacción conseguido*100/ Grado de satisfacción previsto. La fuente de verificación para este indicador será un certificado indicativo del resultado de los cuestionarios de satisfacción. A este certificado acompañarán los citados cuestionarios.
Objetivo Operativo 2.- Promover la formación del personal de las juntas directivas, profesionales, colaboradores y voluntariado de las asociaciones, a través de la organización de acciones formativas, en contenidos relacionados con la categoría y los fines de la entidad.
Indicador de actividad:
- Número de plazas ofertadas: La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: N.º de plazas ofertadas efectivamente *100/ N.º de plazas ofertadas inicialmente. La fuente de verificación para este indicador será el certificado sobre el número de plazas ofertadas.
Indicador de resultado:
- Grado de satisfacción de los asistentes: Este indicador medirá la satisfacción de los asistentes en una escala de 1 a 10. Ésta será la media aritmética de las valoraciones. La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: Grado de satisfacción conseguido*100/ Grado de satisfacción previsto. La fuente de verificación para este indicador será un certificado indicativo del resultado de los cuestionarios de satisfacción. A este informe acompañarán los citados cuestionarios.